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La flexibilización de las restricciones entrará en vigor en Navarra a partir de julio

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PAMPLONA, 2 de julio (EUROPA PRESS) –

Este viernes entró en vigor la flexibilización de las restricciones en Navarra al Covid-19, ampliando capacidades y horarios en los sectores de hostelería, cultura, deportes y ocio nocturno. El gobierno estatal asume que esta nueva ordenanza estará vigente hasta el 29 de julio y luego será revisada en función de la situación epidemiológica.

Además de otras flexibilidades contenidas en la norma, en la industria de la hospitalidad los horarios de cierre para los interiores de bares, cafeterías y restaurantes se amplían una hora más a 1 y la capacidad generalmente aumenta al 60%. Como antes, se mantiene la ocupación máxima del interior, caracterizada por la distancia entre las mesas, que debe ser de al menos 1,5 metros entre los extremos.

El número máximo de comensales por mesa es de 6 personas en el interior, mientras que se aumenta a 10 personas en el exterior, con una distancia de 70 cm entre comensales. Los tiempos de terraza están determinados por la ordenanza municipal correspondiente.

En el caso de los bares de especialidades y los shows de café, el tiempo máximo de cierre se extiende en una hora hasta hasta 2 horas.

Las sociedades y clubes gastronómicos ven su aforo aumentado al 60% y la hora de cierre se fija en 1. Los bingos y salas de juego tienen una capacidad del 60% y su límite de cierre es de 2, mientras que en el caso de las salas de juego se establece en 1.

ABRIR EL OCIO NOCTURNO: CLUBES HASTA 4

La nueva norma permite la apertura de discotecas y locales nocturnos con una capacidad del 50% y un límite de cierre de 4 horas. El consumo debe realizarse en mesas separadas por 1,5 metros entre sus extremos, alrededor de las cuales se pueden agrupar un máximo de 6 personas. Está prohibido el consumo en el bar y no se permite el uso de la pista de baile.

En los albergues, en cambio, la ocupación máxima en habitaciones con literas es del 60%, en habitaciones separadas o con una división de camas que garantice la distancia mínima de seguridad interpersonal, este porcentaje aumenta al 75%. Esta capacidad máxima se observa en los hoteles.

Para bodas, bautizos, comuniones y otras celebraciones sociales, familiares, religiosas o civiles que puedan tener lugar después de la ceremonia, las instalaciones en las que se realizan suelen estar limitadas a 75 personas en el interior y 150 en el exterior. En este caso, al igual que en la hostelería, es posible una opción plus, en la que la capacidad viene indicada por la ocupación máxima de mesas con una distancia de 1,5 metros entre los extremos. No se permite el uso de pistas de baile o salas habilitadas para ellas.

EL COMERCIO Y LA CULTURA AUMENTAN AL 75% DE CAPACIDAD

En las tiendas minoristas, la capacidad aumenta al 75%, mientras que en los hipermercados, medianas y grandes tiendas, la ocupación máxima es del 60%. El aforo en academias, autoescuelas y centros de educación y formación no regulados es del 75%, mismo porcentaje que habrá en bibliotecas, monumentos, salas de exposiciones y museos a partir de este viernes. En estos tres últimos, la actividad no puede superar las 350 personas.

Los cines, teatros, auditorios, carpas de circo y similares pueden realizar sus actividades con butacas preasignadas siempre que no superen el 75% de la capacidad máxima permitida, que en todo caso no debe superar las 350 personas. Se permite el consumo de alimentos y bebidas, sin embargo, se incrementa hasta en un 50%.

ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y PISCINAS

Se podrán realizar competiciones no profesionales y eventos deportivos con público siempre que no se supere el 75% del aforo máximo permitido. En instalaciones cerradas, el número máximo de participantes en público no podrá superar las 350 personas, mientras que al aire libre el límite es de 800 personas.

Las piscinas de uso recreativo deben cumplir con el límite del 75% de su capacidad en términos de acceso y recreación. A cambio, se permite el uso de vestuarios y duchas con una capacidad del 50%, por lo que no se pueden utilizar los puntos finales de ducha adyacentes. El horario máximo de cierre de las piscinas es a las 22:00 horas.

Las comidas populares deben realizarse en las mismas condiciones que en la hostelería y restauración y en las celebraciones sociales, con un límite de 75 personas en el interior y 150 en el exterior.

ACTIVIDADES DE EQUIPOS DE PLAZA, VIVIENDA Y TURISMO

Se permiten espectáculos taurinos en las salas y localizaciones habilitadas para la celebración de espectáculos taurinos populares tradicionales, concursos de clíper y corridas de toros del País Vasco y locales. La capacidad máxima en estas salas es de 800 personas. Para las actividades en áreas al aire libre que no están clasificadas como plaza de toros, se toman las medidas necesarias para mantener una distancia de 1,5 metros. Si esto no es posible, debe usarse una mascarilla.

En cuanto al transporte, es obligatorio el uso de la máscara, mientras que se recomienda mantener las ventanas abiertas.


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