3 trampas ilegales de centolla atacan Lanzarote

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Los componentes del Destacamento Marítimo de Fuerteventura del Servicio Marítimo Provincial de Las Palmas disponen de tres grandes jaulas de pesca o trampas sin identificación cerca de la costa sureste de la isla de Lanzarote junto a la ciudad de Puerto del Carmen en la denominada Bahía de Ávila en marzo 29 y 30.

Estas macetas fueron derribadas a gran profundidad, a unos 100 metros de distancia. No cumplieron con las diversas disposiciones de la legislación antes mencionada, p. Ej. B. la falta del arte de baliza obligatorio, que debe tener una boya roja o reflectante al final. Naranja con una dimensión mínima de 20 cm de diámetro y se debe imprimir (en las boyas) el folio del buque al que pertenece y su nombre. La placa de identificación correspondiente debe estar en el cuerpo de la olla.

Pesca de crustáceos y pesca con nasas

En el momento de la localización de estas macetas irregulares, dos factores llamaron la atención de los principios activos, por un lado la gran profundidad a la que se encontraron (unos 100 metros) y por otro lado el tipo de especies que contienen y la frecuencia de sus capturas.

Estas especies eran ejemplares de Cangrejo de Canarias (Cancer Bellianus), Cangrejo real (Chanceon Affinis) y Cangrejo de tierra (Paromola Cuvieri), especies con muy poca explotación comercial en Canarias ya que las poblaciones irregulares fueron fruto de la investigación que todas serán en el Mercado altamente valorados y alcanzan un precio de mercado elevado en otras partes del mundo.

En cuanto al control de la pesca con nasas en las aguas de Lanzarote y Fuerteventura, cabe señalar que este tipo de pesca cumple con las disposiciones legales en los textos legales mencionados al inicio de este mensaje, ya que es un tema de arte, cuotas, Aprobar medidas específicas y restricciones de profundidad para minimizar su impacto en el medio marino y especies explotadas.

legislación

Actualmente el uso de trampas está regulado en el Real Decreto 182/2004 de 21 de diciembre -artículo 25- que desarrolla el reglamento de la Ley de Pesca de Canarias y estas normas legales establecen una serie de disposiciones como la regulación de las marcas de las nasas y la La profundidad mínima de 18 metros en la que deben ubicarse, así como la balizamiento de los mismos y las boyas permitidas para este tipo de trampas, son en particular las últimas especificaciones del artículo 12 del Reglamento AAA / 2536/2015.

Extracción de las trampas y liberación de las capturas

El servicio se centró en la costa del Puerto del

Carmen y, una vez localizados los grupos de boyas, sin cumplir los requisitos

legal, y con el bote remolcar los componentes de la lancha patrullera

pasó a subir a bordo las ollas anteriores que se distribuyeron en un

Profundidad entre 80 y 100 metros.

Aparte de los crustáceos antes mencionados, también contenían crustáceos

varios especímenes de Congrio (Congrio Congrio) y dado que todos los animales están vivos,

fueron devueltos inmediatamente al medio marino y las trampas que intervinieron fueron colocadas

y depositado en el puerto de Corralejo en la isla de Fuerteventura.


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