El gesto que muchos hacen con la alfombra de casa y que puede acabar en una multa de 3.000 euros

Sacudir un felpudo, una alfombra o cualquier otra prenda de ropa por la ventana es un gesto habitual en muchos hogares. Sin embargo, en determinadas circunstancias esta práctica puede acabar con una sanción económica si ensucia la vía pública o causa molestias a los vecinos.
Aunque no existe ninguna ley estatal que prohíba expresamente esta conducta, muchos ayuntamientos han incorporado esta cuestión a sus ordenanzas municipales de limpieza y convivencia, que regulan las actuaciones que pueden afectar al espacio público o a la convivencia vecinal.
Depende de la ordenanza de cada municipio

La posibilidad de recibir una multa depende, sobre todo, de la normativa municipal vigente en el municipio donde se producen los hechos.
Uno de los casos más conocidos es el de Madrid, donde la ordenanza municipal de limpieza prohíbe ensuciar el espacio público como consecuencia de la limpieza de balcones y terrazas o de sacudir alfombras, ropa u otros objetos desde ventanas y balcones.
También otros municipios de la Comunidad de Madrid, como Pozuelo del Rey, disponen de ordenanzas que prohíben estas prácticas cuando pueden afectar a la vía pública o a terceras personas.
En la misma línea, Alicante también recoge en su ordenanza de limpieza la prohibición de realizar acciones que ensucien la calle, entre las que figura la limpieza o sacudida de objetos desde fachadas y balcones.
Multas que pueden llegar a los 3.000 euros
El importe de las sanciones no es el mismo en todas partes, ya que cada ayuntamiento fija las cuantías en su ordenanza.
En la mayoría de los casos, estas conductas se consideran infracciones leves, con multas que habitualmente oscilan entre 60 y 750 euros.
Ahora bien, si los hechos se consideran más graves, existe reincidencia o se han causado daños o perjuicios a terceros, las sanciones pueden aumentar hasta los 1.500 o incluso 3.000 euros, según la normativa municipal aplicable.
También puede intervenir la comunidad de propietarios

Más allá de las ordenanzas municipales, este tipo de conductas también pueden tener consecuencias dentro de la comunidad de vecinos.
La Ley de Propiedad Horizontal establece que no se pueden llevar a cabo actividades prohibidas por los estatutos de la comunidad ni aquellas que sean molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.
Aunque la norma no menciona específicamente los felpudos o las alfombras, sí ofrece cobertura legal para que la comunidad actúe cuando estos comportamientos provocan molestias reiteradas o afectan a otros propietarios.
No siempre conlleva una sanción
Los expertos recuerdan que sacudir una alfombra por la ventana no es ilegal por sí mismo. La posibilidad de ser sancionado dependerá de diversos factores, como el contenido de la ordenanza municipal, si se ha ensuciado la vía pública, si se han causado molestias a los vecinos o si se han producido daños.
Por este motivo, antes de dar por hecho que esta práctica está prohibida, conviene consultar la normativa del municipio correspondiente, ya que es esta la que determina en qué casos puede constituir una infracción y qué sanción puede aplicarse.
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