Extremadura

Las empresas extremeñas pueden solicitar ayudas a la recuperación hasta 20

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Las empresas extremeñas pueden solicitar, hasta el día 20 siguiente, las ayudas para la recuperación y reactivación del negocio previstas por los decretos ley 15/2020, 1/2021 y 2/2021 de la Consejería de Economía, Ciencia y de la Agenda Digital del BoD.

Esta novedad está recogida en el Decreto Ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, publicado el pasado lunes en el Boletín Oficial de Extremadura (DOE ).

En concreto, se inserta este nuevo plazo para solicitar dichas aportaciones, que comenzó el 10 de marzo, así como la exención para el tejido empresarial que lo solicite de la obligación de actualizar a las autoridades tributarias.

La Dirección General de Asuntos dispone de un completo sistema de información para que las empresas y autónomos extremeños puedan conocer y resolver sus dudas sobre estas ayudas llamando al 900108353 y vía e-mail, de 08.00 a 15.00, de lunes a viernes, al ayuntamiento dijo en un comunicado de prensa.

Decreto Ley de ayudas 15/2020

El principal objetivo de las ayudas previstas por el decreto ley 15/2020 es cubrir las necesidades de las empresas que se han visto afectadas por el covid-19 para volver a su nivel de actividad y, por tanto, financiar las necesidades de liquidez o capital de trabajo para que las empresas puedan operar y cumplir con sus pagos.

En particular, los beneficiarios de estas ayudas directas de concesión son pymes y autónomos con un centro productivo en la región, y cuentan, al menos, con una plantilla equivalente a tres asalariados a tiempo completo.

Este programa de ayudas está dirigido a prácticamente todos los sectores de actividad, estableciendo una mayor intensidad de ayuda para aquellas actividades que, por su impacto en la economía y el empleo, se consideran de carácter «prioritario y estratégico», como la industria manufacturera; comercio al por menor, excepto vehículos de motor y motocicletas; las actividades de agencias de viajes, turoperadores, servicios de reservas y actividades afines o el sector de la hostelería, entre otros.

La subvención a otorgar por beneficiario se realizará teniendo en cuenta el número de asalariados que el solicitante autónomo o PYME tenga inscrito en la Seguridad Social.

DECRETO DE AYUDAS LEY 1/2021 Y 2/2021

Por otro lado, las ayudas previstas por el Decreto Ley 1/2021 y por el Decreto Ley 2/2021 están destinadas a empresas con pérdidas del 20% de la hostelería, el turismo, el comercio y otros sectores de actividad de Extremadura interesados en su negocio de Covid19.

El importe de la subvención será de entre 2.500 y 25.000 euros, y también tiene como objetivo compensar los gastos operativos fijos de las empresas solicitantes durante la pandemia y con ello financiará las necesidades de liquidez o capital circulante para que la empresa pueda operar y cubrir. sus pagos.

Estos aportes están vinculados al compromiso de continuar el negocio y mantener el trabajo existente en la fecha de presentación de la solicitud al menos hasta el 31 de mayo de 2021.


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