Archivos – Fachada del Palacio de Justicia de Pamplona, 10. Mayo de 2021, en Pamplona, Navarra, (España). – Eduardo Sanz – Europa Press – Archivos
PAMPLONA, 6 de julio (EUROPA PRESS) –
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo de Navarra (TSJN) ha aprobado el cierre del ocio nocturno a la 1 de la madrugada, decidido por la Diputación el 7 de julio.
La cámara la considera “una medida ideal, necesaria y proporcionada para frenar la propagación del virus entre la población no vacunada, los adolescentes, debido a la conexión directa entre la altísima tasa de contagio de los adolescentes no vacunados y las actividades de ocio”. , con la relajación de las medidas de autoprotección tanto en las excursiones de fin de año, como en las reuniones sociales y la vida nocturna.
En el auto, la Corte advierte que la restricción “es necesaria y proporcionada para evitar, en la medida de lo posible, la infección de la población ya vacunada, tal y como recoge el informe del Instituto de Salud Pública y Salud Ocupacional de Navarra de 05/07 / En 2021, la variante delta se ha convertido en la variante dominante con más de la mitad de los casos y una tendencia rápidamente creciente, y esta variante se asocia a una mayor probabilidad de hospitalización, mayor transferibilidad y cierto grado de elusión de los efectos de la vacuna; Esto motiva la necesidad de incrementar las medidas de higiene en este momento y evaluar la evolución del número de infecciones y su importancia para el hospital a lo largo de los días.
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