Extremadura

La Rioja abre la etapa ‘1’ del plan de acción este viernes con la apertura del ocio nocturno

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Se permite la vida nocturna con 75% de capacidad en interiores, 100% al aire libre, pista de baile permitida y consumo de bar.

LOGROÑO, 1 de octubre (EUROPA PRESS) –

El conjunto de La Rioja entra en la Etapa 1 del Plan de Medidas por Indicadores, conocido como Semáforo, este viernes 1 de octubre, este viernes 1 de octubre, y ha sido por primera vez desde que inició el plan el pasado mayo Anunciado, como se conoció el miércoles, anunció el portavoz del Gobierno de La Rioja, Álex Dorado.

Una decisión basada en los últimos indicadores de seguimiento de la pandemia.

MEDIDAS NIVEL 1

Las medidas anti-COVID más importantes a nivel 1 son:

Se recomienda un máximo de 10 personas en los grupos, que se aplica a todas las áreas.

En hoteles y restaurantes, la capacidad máxima interior es del 75% sin restricciones en exteriores. Se mantiene la recomendación de un máximo de 10 personas por mesa. El cierre según la licencia.

No hay límite de capacidad máxima en tiendas y mercados.

Para celebraciones religiosas, velatorios, funerales y ceremonias fúnebres, la capacidad interior está limitada a un máximo del 75%.

Durante las actividades deportivas, la capacidad interna máxima es del 75%.

Asimismo, el Consejo de Gobierno ha acordado realizar cambios en algunas de las medidas anti-COVID contenidas en dicha Etapa 1 del PMI, tales como:

Con respecto a las discotecas y locales nocturnos (actualmente con un límite de tiempo de 2 am) se estipula que el límite de tiempo se adapta a la licencia de la instalación respectiva y la capacidad interior es del 75%, siempre teniendo en cuenta la distancia y la higiene y prevención. medidas.

También se permitirá el consumo de barra, por lo que se garantiza la distancia, las medidas de higiene y prevención así como la apertura de la pista de baile, en este caso el uso de máscara.

Se pueden realizar conferencias, reuniones, reuniones de negocios, conferencias, seminarios y otros eventos especializados sin restricciones de capacidad, siempre que se observen las medidas de higiene.

En cines, teatros, auditorios, carpas de circo y salas similares, así como salas e instalaciones para eventos y espectáculos culturales, el aforo también será del 100%, por lo que siempre se asegura la distancia, la higiene y las medidas preventivas.

En el área de ejercicio físico o deportes colectivos no profesionales, el aforo en recintos abiertos para eventos deportivos con participación ciudadana es como máximo del 100% y en recintos cerrados del 80%, teniendo en cuenta las medidas de protección no farmacológicas frente al COVID. 19.


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