Extremadura

La Junta debe pagar todos los ingresos básicos a una madre separada que no recibe una pensión.

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«Lo estaba pasando mal porque necesitaba el dinero para cuidar a mi hijo», le dijo al periódico HOY. AMR, una chica de 23 años que prefiere permanecer en el anonimato. «El Ayuntamiento no me dio la renta íntegra garantizada de Extremadura, porque pensaba que mi expareja me gastaba todos los meses 200 euros de pensión alimenticia; Pero mi hijo tiene seis años y su padre nunca me dio dinero, no me dio la pensión alimenticia mensual. Por eso fui a la corte libre y me pusieron un abogado que lo hizo. el ayuntamiento me da el alquiler completo«.

Su abogado es el abogado de Cáceres José Luis Fernández Simón, que se conforma con la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Extremadura, que condena a la Junta de Extremadura a pagar la totalidad del alquiler, sin descontar los 200 euros de la pensión alimentaria que no se percibe. . “Mi cliente está pasando por una situación difícil y necesita todo el alquiler cuida a tu hijo», Asegura el abogado.

Esta joven es una de las 5.568 gente que en Extremadura se están percibiendo Renta garantizada en Extremadura (REG), renta básica para las personas mayores, cuya cotización oscila entre los 537 euros mensuales y los 860 euros, en función del número de menores que dependen del adulto beneficiario de la ayuda. En el caso de esta joven, ella reside en Badajoz, el ingreso que corresponde al mes es 645,41 euros, pero la Junta de Extremadura le pagó 445,41 euros porque tenía la certeza de recibir 200 euros mensuales de su expareja en concepto de pensión alimenticia.

Pidió a la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura que le abonara todo el alquiler que pagó, ya que no percibía pensión alimenticia, pero el 1 de octubre la directora general de Servicios Sociales, Infancia y Familia dictó resolución, 2019 rechazando su solicitud. La resolución fue confirmada el 12 de noviembre de 2019 por el Ministro de Sanidad y Servicios Sociales. Fue en ese momento que acudió a los tribunales.

La sala de litigios indica que el Consejo debería haber estado mejor informado sobre este caso para comprobar que la joven nunca había recibido la pensión de 200 euros, que se había solicitado en el tribunal que el padre de la menor estaba obligado a pagar la pensión, y que no se han encontrado bienes del deudor de la pensión alimenticia.

La junta ya le pagó a la madre 2.400 euros, que corresponden a una pensión alimenticia de un año.


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