Extremadura

La Junta aprueba el Proyecto de Ley de Justicia Restaurativa, Mediación y Prácticas Restaurativas Comunitarias

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PAMPLONA, 21 de septiembre (PRENSA EUROPA) –

El Gobierno de Navarra, en su reunión de este miércoles, ha adoptado un acuerdo por el que se aprueba el proyecto de ley autonómica sobre justicia restaurativa, mediación y prácticas restaurativas en la comunidad, que será remitido al Parlamento de Navarra para su debate y posterior aprobación. La ley consta de 53 artículos, divididos en cinco títulos, tres estatutos y una cláusula final.

La justificación de la norma adoptada radica en que el enfoque restaurativo, como paradigma más fructífero y consolidado, y la mediación, como herramienta más popular y difundida, están más cerca de construir un poder judicial más democrático para atender las necesidades del pueblo, tal y como se destaca en numerosos instrumentos jurídicos europeos, tal y como sugiere el Gobierno de Navarra declarado. En este sentido, cabe mencionar la Directiva 2012/29/UE del Parlamento Europeo, la Declaración de Venecia de 14 de diciembre de 2021 o la Directiva Europea 2008/52/CE de 21 de mayo de 2008.

El Ejecutivo Foral ha señalado que la justicia social y democrática antes mencionada debe contar con la participación ciudadana para promover la resolución consensuada de sus propios conflictos. Lo que promueve el proyecto es la ordenación, promoción, regulación y descentralización de los recursos que tiene el Gobierno de Navarra para el Servicio de Justicia Restaurativa en el ámbito penal, la mediación en el ámbito civil, mercantil, contencioso, administrativo y social, y ese es uno Novedad, fomentando la prevención de la justificación de conflictos a través de prácticas comunitarias restaurativas.

El consejero de Política Migratoria y Justicia de la Diputación Foral, Eduardo Santos, ha señalado que se trata de «una ley innovadora que trata del autogobierno de Navarra, implicando a los ciudadanos en la administración de justicia y con esta normativa, nos sitúa a la vanguardia en nivel europeo”. .

La norma aprobada tiene por objeto garantizar la calidad de todos los procesos y promover la uniformidad de los servicios en todo el territorio de la Comunidad Autónoma. Se regulan los principios rectores de estos procesos y se establecen un conjunto de medidas para garantizar la calidad, la accesibilidad universal, la justicia territorial, la justicia social, la protección de la niñez, la perspectiva de género y el desarrollo a través de medios electrónicos.

El Título I regula las actividades del Servicio de Justicia Restaurativa de Navarra y establece su concepto y ámbito de aplicación, que se extiende a todas las etapas del proceso penal por delitos de cualquier naturaleza y gravedad, salvo los expresamente prohibidos por la legislación procesal y sustantiva. También detalla las técnicas de justicia restaurativa más utilizadas, como mediación, conferencias, círculos y talleres, y programas restaurativos.

El título segundo se centra en el desarrollo de la promoción de la mediación, es decir, en el ámbito social, civil, mercantil y contencioso administrativo, donde en determinados supuestos se contempla el derecho a la libre mediación, la celebración de convenios, la concesión de subvenciones o la ejecución de actividades de formación y difusión. También está prevista la creación del Registro de Instituciones de Mediación de Navarra y el Sello de Calidad de la Mediación.

El título tercero establece la definición y el alcance de las prácticas extrajudiciales de recuperación comunitaria, es decir, las herramientas para prevenir y resolver los conflictos extrajudiciales, así como para promover la cohesión social de forma que los conflictos que puedan surgir puedan ser gestionados espontáneamente en la etapas iniciales por parte de la comunidad.

Finalmente, el título cuarto dispone la organización administrativa de los medios materiales e institucionales para el desarrollo de todos los procesos anteriores. Se establece la obligación de aprobar un plan estratégico cuatrienal, un plan de calidad semestral, así como el registro de instituciones de mediación en Navarra y los requisitos para el sello de calidad. Como mecanismo de coordinación se contempla la posible constitución de tres grupos de trabajo del Consejo de Justicia de Navarra-Nafarroako Justica Kontseilua.


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