Extremadura

Irache publica una guía de los principales problemas de alquiler

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PAMPLONA, 10 de septiembre (PRENSA EUROPA) –

La Asociación de Consumidores de Navarra Irache ha editado una guía para informar a los ciudadanos sobre las principales cuestiones relacionadas con el alquiler de viviendas y facilitar estos trámites, «dado que durante los meses de agosto y septiembre se firman un gran número de contratos de arrendamiento, una gran proporción de ellos a los Estudiantes».

La guía estará disponible en las oficinas que Irache tiene en Pamplona, ​​Tudela, Estella y Tafalla, así como en las oficinas de consumo que gestiona en 70 municipios de Navarra, ha informado la asociación en un comunicado.

Entre otras cosas, la guía trata sobre el período mínimo de alquiler. Según se indica, el arrendamiento tendrá una duración “en la medida en que las partes sean libres de pactar”, pero si la duración pactada es inferior a cinco años —o siete si el arrendador es una persona jurídica— “el arrendamiento se renovará automáticamente cada año hasta que se cumplan las cinco anualidades”. hayan vencido, o siete si el arrendador es una persona jurídica, a menos que el arrendatario notifique con treinta días de anticipación que no desea renovar el contrato de arrendamiento».

Si la fecha de extinción del contrato se produce después de transcurridos al menos los cinco primeros años, ninguna de las partes ha comunicado a la otra su voluntad de rescindir el contrato -el propietario deberá hacerlo con cuatro meses de antelación, el arrendatario dos-, ¿será este anualmente durante un máximo de tres años más, salvo que el arrendatario se oponga un mes antes de la finalización de las rentas vitalicias.

Para los estudiantes, se puede celebrar un contrato de temporada por un período más corto -el estudio- en el que se especifica que no se trata de una relación de alquiler por el uso de una vivienda habitual, la finalidad del alquiler y su duración.

EL INQUILINO PUEDE RETIRARSE DESPUÉS DEL SEXTO MES

En los arrendamientos de vivienda habitual, el arrendatario puede dejar la renta a partir del sexto mes “si da un preaviso de treinta días”.

En tales casos, las partes pueden acordar que el arrendatario compense al propietario con un pago mensual por cada año de alquiler restante. Si el tiempo a cumplir no llega a un año, se cobrará la parte proporcional de la mensualidad.

Por su parte, el arrendador, si es persona física, puede interrumpir la renta después del primer año “si ha hecho constar expresamente en el contrato que él mismo, sus padres, hijos o cónyuge –en caso de separación o divorcio– necesitan el apartamento antes de los cinco años como vivienda permanente».

Para hacer uso de esta facultad de entregar el apartamento, «el arrendador debe notificar al arrendatario la necesidad del apartamento alquilado, indicando el motivo, al menos dos meses antes del momento en que necesita el apartamento».

DEPÓSITO

En el caso de contratos ordinarios de alquiler de pisos, “el arrendatario está obligado a pagar al menos una fianza en efectivo equivalente a un mes de alquiler -para los alquileres de temporada es de dos cuotas mensuales-”.

A partir de este mínimo, “se podrá pactar otra garantía adicional, que no podrá exceder del importe de dos cuotas mensuales más de alquileres para la estancia habitual”.

En principio, la fianza debe devolverse al final del arrendamiento, explicó Irache, quien recomendó «adjuntar un inventario del apartamento y dejar constancia del estado con fotografías».

SALVO CONVENIO EN CONTRARIO, LA RENTA ES LA MISMA CADA AÑO

La actualización del alquiler “queda exclusivamente en manos del arrendatario y propietario, quien deberá indicarlo en el contrato de alquiler, será anual y no deberá superar el IPC”. “Si no se acuerda una actualización, la renta siempre se mantiene igual”, señaló Irache.

Por otro lado, ha recomendado cambiar la titularidad de los contratos de luz y gas para que estén a nombre del arrendatario, y aclarar en el contrato «que el arrendatario es responsable de mantenerse al día con los pagos que las empresas pueden negociar o tienen que aceptar». todas las consecuencias posibles por el incumplimiento”. La carga de la comunidad de vecinos es en principio responsabilidad del propietario, “aunque también puede pactarse lo contrario”.

Irache recuerda que, desde junio de 2013, el alquiler de un piso requiere el correspondiente certificado de eficiencia energética. Solo puede prescindir de esto si el apartamento se alquila por menos de cuatro meses al año.

Por último, la asociación ha indicado que el propietario debe realizar las obras «necesarias para mantener la vivienda en condiciones de habitabilidad, salvo que el arrendatario sea responsable de los daños causados». “Las pequeñas reparaciones que requiera el desgaste por el uso normal de la vivienda son responsabilidad del inquilino”, ha subrayado.


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