Ella es de la opinión de que la planificación ha cambiado fundamentalmente con la introducción de la ruta.
PAMPLONA, 11 de enero (PRENSA EUROPA) -
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de Navarra (TSJN) cuenta con el acuerdo del Gobierno foral, con el que se ejecuta el Plan Sectorial de Incidencias Supracomunales (PSIS) para la ampliación del transporte urbano de Noáin (Valle de Elorz).
El tribunal reconoce una falla procesal en relación con las relaciones públicas, procedimiento en el que la potencial víctima puede formular las consideraciones que considere oportunas antes de prepararse, señaló el TSJN en un memorando.
El origen de la controversia residía en si la inclusión de la línea férrea, que no estaba prevista en el primer proyecto pero sí prevista en el segundo proyecto, debía entenderse como un cambio sustancial en las condiciones previstas por la jurisprudencia y, por tanto, era susceptibles de divulgación pública.
En la sentencia, que sólo puede ser impugnada en casación ante el propio tribunal, la Sala señala que "los cambios realizados han de considerarse significativos por sus efectos sobre el modelo urbanístico elegido entre una aprobación y otra decisión".
En concreto, los magistrados señalan en primer lugar que "se introducirá el trazado, que supondrá un cambio en la normativa estructural si el cambio previsto inicialmente en el PSIS elimina exactamente la vía férrea".
Y en segundo lugar, porque "se sustituye el uso industrial logístico por un desglose de usos aceptables y tolerados no enumerados anteriormente, por la posibilidad de poner en marcha la estación de tratamiento de residuos de la Comarca de Pamplona", añaden los jueces a lo dispuesto en el contrato de la mañana de octubre. 22, 2018 entre Nasuvinsa y Servicios de la Comarca de Pamplona firmaron reserva de un futuro inmueble en la 4ª fase del polígono industrial Ciudad del Transporte de Pamplona.
En definitiva, según la Cámara, “se ha producido un cambio importante en el planeamiento de la cuarta fase de la Ciudad del Transporte de Pamplona, tanto en lo que se refiere a la red ferroviaria, que se introducirá como consecuencia del informe vinculante”. de los ferrocarriles cuando no existía en el proyecto original “como en los usos”, ya que el segundo documento introduce un uso completamente diferente de la actividad logística, lo que debería haber dado lugar a un nuevo proceso de información pública”.
Por tanto, el juzgado estima la demanda presentada contra el visto bueno del Gobierno de Navarra de 27 de diciembre de 2019, que aprueba el expediente de modificación del citado PSIS en lo que se refiere a las servidumbres de vuelo y la reordenación de la 4ª fase.
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