PAMPLONA, 28 de febrero (EUROPA PRESS) -
La Mesa del Parlamento de Navarra ha acordado este lunes iniciar el proceso de elección del Presidente de la Cámara de Comptos para un periodo de seis años antes de la próxima expiración del mandato de Asun Olaechea. El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 10 de marzo a las 17:30 horas.
El portavoz de Navarra Suma, Javier Esparza, dijo que el grupo aún no había planteado el tema, pero “siente que hay un acuerdo en el partido de los cinco para identificar a la persona que aspira a la presidencia de Comptos”.
El portavoz del PSN, Ramón Alzórriz, ha asegurado que “estamos abiertos al diálogo y al acuerdo para conseguir un nombre con garantías y una mayoría que espero que sea unánime porque da más poder a una entidad fundamental reconocida en todos los órganos da garantía de los intereses de Navarra ".
En representación de Geroa Bai, Uxue Barkos ha explicado que se está trabajando en posibles candidatos, “no es un trámite que se pueda justificar de la noche a la mañana, primero por la especial exigencia de perfil que tiene que adoptar la presidencia, y segundo porque es parlamentario”. mayoría “Tenemos un plazo para acordar este nombre que tiene la mayoría necesaria”, aseguró.
La elección se llevará a cabo íntegramente por voto secreto. Se requiere mayoría absoluta para la primera votación. Si ningún candidato alcanza esta mayoría, se realiza una segunda votación entre los dos candidatos que obtuvieron el mayor número de votos, y resulta elegido el que obtuvo el mayor número de votos. Si no hay más de un candidato, la mayoría simple decide en segunda votación.
En caso de empate en el procedimiento electoral, de conformidad con el artículo 25.3 de la Ley Foral de la Cámara de Comptos, se repetirá la votación y, si persistiera el empate, se suspenderá la votación durante el plazo que establezca la Presidencia. Vencido el plazo, se procederá a una tercera votación y, en caso de nuevo empate, se decidirá por sorteo sobre esta última votación.
En cuanto a los requisitos de admisión como candidato, el artículo 25.2 de la Ley Foral 19/1984 exige la posesión del título de Licenciado en Derecho, Ciencias Económicas o Empresariales o Catedrático Comercial. El artículo 4 de este mandamiento establece que si el nombramiento corresponde a la persona que ostente la condición de parlamentario, deberá dimitir antes de asumir el cargo. El artículo 5 prohíbe el nombramiento de personas que hayan desempeñado funciones de administración, control o intervención en los ingresos o gastos del sector público en los dos años anteriores al nombramiento.
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