Consulta aquí las nuevas medidas que entrarán en vigor este sábado

Consulta aquí las nuevas medidas que entrarán en vigor este sábado

los Boletín Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado la resolución por la que se flexibilizan las medidas restrictivas a partir de este sábado.

El motivo de esta resolución es que la tasa de incidencia acumulada en Extremadura a 14 días, a 19 de febrero de 2021, es inferior a 250 casos por cien mil habitantes, en concreto, en 139,93 casos por cien mil habitantes y continúa con un descenso de tendencia para los próximos 7 y 14 días, con una razón de tasas en esos períodos menor a 0.50.

Por tanto, se espera que no se superen los 250 casos por 100.000 habitantes en los próximos 7 días e, incluso, la caída de la tasa de incidencia acumulada a los 14 días por debajo de los 139,93 casos por 100.000 habitantes verificados en este día.

En resumen, las siguientes medidas estarán vigentes a partir del sábado, teniendo en cuenta que el toque de queda se mantiene desde las 10 am (10 pm) hasta las 6 am.

Albergue

Programa: pueden abrir hasta las diez de la noche.

Capacidad: 40% en interiores y 50% en terrazas.

Prohibido: consumo de barra.

Negocio

Programa: hasta las diez de la noche.

Capacidad: No se puede superar el 30% ni en tiendas ni en centros comerciales.

Prohibido: uso de áreas comunes – excepto tráfico – y áreas recreativas.

Reuniones

Un máximo de seis personas: tanto en espacios públicos como privados.

Movilidad

Toque de queda: celebrado entre las 22:00 y las 6:00.

Celebraciones religiosas

Capacidad en los templos: 40%.

Boda

En hoteles y restaurantes: máximo 100 personas en exterior y 50 en interior.

En otros lugares: No se pueden superar los 40 invitados en exterior y 20 en interior.

Bautizos y comuniones

Máxima asistencia en hoteles y restaurantes: 30 personas en exterior y 15 en interior.

En otros lugares: máximo 15 invitados.

Funeral

Se despierta: máximo diez personas.

Entierro: no puede haber más de 15 personas en la fiesta de despedida.

Instalaciones deportivas

30% de capacidad: en gimnasios e instalaciones interiores.

40% de capacidad: en áreas deportivas al aire libre.

Público: solo en exterior y máximo 40%.

mercadillos

Capacidad: 30%.

Hotel

Capacidad: las zonas comunes no pueden superar el 35%.

Actividades culturales

Museos: 40% y grupos menores de 10 personas.

Cines y teatros: 50%.

Al aire libre: un máximo de 200 personas, pero no más del 50%.

Bibliotecas: incluso al 50%.

Espectáculos taurinos: 40% y sin superar los 200 participantes.

Instalaciones deportivas

Prohibido El desarrollo de actividades deportivas en pareja (dos personas contra otras dos) y en equipo en espacios abiertos al público, excepto cuando todos los participantes de la actividad convivan. Quedan exentos de esta prohibición las competiciones oficiales, los entrenamientos y las actividades que se realicen en los polideportivos o academias. Las actividades en las que hay un enfrentamiento uno a uno no se consideran deportes en pareja.

Capacidad al 30%: En las instalaciones deportivas cubiertas y piscinas de uso deportivo, se establecerá un límite del 30% de la capacidad de uso deportivo, sin público. En los polideportivos (gimnasios y similares) se establece un límite del 30% de la capacidad.

Capacidad al 40%: En las instalaciones deportivas y piscinas deportivas al aire libre, el límite será del 40% de la capacidad para uso deportivo y se permitirá al público hasta un máximo del 40% de la capacidad para el público.


Elena Resanes

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