Consulta aquí las nuevas medidas que entrarán en vigor este sábado
los Boletín Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado la resolución por la que se flexibilizan las medidas restrictivas a partir de este sábado.
El motivo de esta resolución es que la tasa de incidencia acumulada en Extremadura a 14 días, a 19 de febrero de 2021, es inferior a 250 casos por cien mil habitantes, en concreto, en 139,93 casos por cien mil habitantes y continúa con un descenso de tendencia para los próximos 7 y 14 días, con una razón de tasas en esos períodos menor a 0.50.
Por tanto, se espera que no se superen los 250 casos por 100.000 habitantes en los próximos 7 días e, incluso, la caída de la tasa de incidencia acumulada a los 14 días por debajo de los 139,93 casos por 100.000 habitantes verificados en este día.
En resumen, las siguientes medidas estarán vigentes a partir del sábado, teniendo en cuenta que el toque de queda se mantiene desde las 10 am (10 pm) hasta las 6 am.
Albergue
Programa: pueden abrir hasta las diez de la noche.
Capacidad: 40% en interiores y 50% en terrazas.
Prohibido: consumo de barra.
Negocio
Programa: hasta las diez de la noche.
Capacidad: No se puede superar el 30% ni en tiendas ni en centros comerciales.
Prohibido: uso de áreas comunes - excepto tráfico - y áreas recreativas.
Reuniones
Un máximo de seis personas: tanto en espacios públicos como privados.
Movilidad
Toque de queda: celebrado entre las 22:00 y las 6:00.
Celebraciones religiosas
Capacidad en los templos: 40%.
Boda
En hoteles y restaurantes: máximo 100 personas en exterior y 50 en interior.
En otros lugares: No se pueden superar los 40 invitados en exterior y 20 en interior.
Bautizos y comuniones
Máxima asistencia en hoteles y restaurantes: 30 personas en exterior y 15 en interior.
En otros lugares: máximo 15 invitados.
Funeral
Se despierta: máximo diez personas.
Entierro: no puede haber más de 15 personas en la fiesta de despedida.
Instalaciones deportivas
30% de capacidad: en gimnasios e instalaciones interiores.
40% de capacidad: en áreas deportivas al aire libre.
Público: solo en exterior y máximo 40%.
mercadillos
Capacidad: 30%.
Hotel
Capacidad: las zonas comunes no pueden superar el 35%.
Actividades culturales
Museos: 40% y grupos menores de 10 personas.
Cines y teatros: 50%.
Al aire libre: un máximo de 200 personas, pero no más del 50%.
Bibliotecas: incluso al 50%.
Espectáculos taurinos: 40% y sin superar los 200 participantes.
Instalaciones deportivas
Prohibido El desarrollo de actividades deportivas en pareja (dos personas contra otras dos) y en equipo en espacios abiertos al público, excepto cuando todos los participantes de la actividad convivan. Quedan exentos de esta prohibición las competiciones oficiales, los entrenamientos y las actividades que se realicen en los polideportivos o academias. Las actividades en las que hay un enfrentamiento uno a uno no se consideran deportes en pareja.
Capacidad al 30%: En las instalaciones deportivas cubiertas y piscinas de uso deportivo, se establecerá un límite del 30% de la capacidad de uso deportivo, sin público. En los polideportivos (gimnasios y similares) se establece un límite del 30% de la capacidad.
Capacidad al 40%: En las instalaciones deportivas y piscinas deportivas al aire libre, el límite será del 40% de la capacidad para uso deportivo y se permitirá al público hasta un máximo del 40% de la capacidad para el público.
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