Pepe Capilla y Ángel Ortiz, que presidirán la Universitat Politènica de València (UPV) tras las elecciones del 4 de mayo, presentaron una denuncia conjunta contra el otro candidato, José Manuel Barat, quien denuncia que se ha violado la normativa electoral de la institución y la Ley Orgánica del Régimen General Electoral (LOREG) para el anuncio de su candidatura a través de los medios de comunicación y después de que las acciones hayan sido descontinuadas.
Capilla y Ortiz se quejan ante la junta electoral de la universidad (que tiene que supervisar el proceso de elección del nuevo rector) que esta campaña será retirada dentro de dos días y que «el lema, material gráfico, tipografía y paleta de colores» que se han utilizado no podrá ser utilizado por la candidatura en el período electoral que comienza el día 19 próximo. abrir un expediente de sanción y cerrar el sitio web y la cuenta de Instagram utilizada, para defender que estas acciones «pueden haber sido creadas de antemano». una desigualdad en relación con las demás candidaturas ”.
La comisión electoral se reunió ayer domingo para estudiar el documento. y se espera una decisión en las próximas horas. La queja se relaciona con la descontinuación de AdWords (una herramienta de Google), por lo que una búsqueda «Barat UPV» conduce al sitio web específico del candidato donde aparece en video y su equipo. También incluye una campaña publicitaria en la red social de Instagram para la cuenta de Barat. Los dos candidatos proporcionaron fotografías de ambas acciones.
La denuncia se relaciona con el artículo 14.4 del Reglamento Electoral de la UPV, que establece que cualquier acción de campaña debe realizarse en el campus. «Sin poder destinar espacio publicitario en ningún caso en todos los medios de comunicación.
Capilla y Ortiz defienden que «está claro que el sitio web y la cuenta de Instagram tienen un propósito claro de campaña, por lo que las campañas fueron una campaña pagada para una empresa de medios». No solo lo llaman «ilegal», insisten en que es «apoyo comercial fuera (del período) de la campaña», que también está prohibido.
Finalmente, se alega que la LOREG (aplicable en cualquier administración pública) recauda las sanciones a aplicar en caso de incumplimiento de sus disposiciones, por lo que se solicita algún tipo de sanción para la candidatura.
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