Ha valorado el recurso contra el acuerdo que pretendía poner en dominio público estos pasos de ganado
PAMPLONA, 21 de enero (PRENSA EUROPA) –
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo de Navarra (TSJN) ha negado que las vías pecuarias de las Bardenas pertenezcan a la comunidad de Foral. En concreto, acogió el recurso del Ayuntamiento de Bardenas Reales y anuló el acuerdo del Gobierno de Foral, que quería declarar de dominio público los pasos de ganado, los llamados desfiladeros, presentes en este parque natural.
Según informó el TSJN en nota de prensa, en la sentencia, recurrible ante el propio órgano judicial, la Sala señala que “los pasos internos de ganado, barrancos, históricamente definidos, declarados y delimitados por el municipio de Bardenas Reales, por lo que no puede alegarse que estén incluidas en la definición de vías de transporte de ganado de la Ley Foral”, sin perjuicio de que deban estar conectadas con vías de transporte de ganado fuera de la Comunidad.
Llama la atención, prosiguen los jueces, que el ganado no podía ni puede circular libremente dentro de las bardenas reales, y que hasta la cesión de mera propiedad por parte del Estado en 2008, el territorio de las bardenas reales era propiedad estatal ante la corona como patrimonio.
EL ORIGEN DE LA DEMANDA
Esta demanda tiene su origen en el acuerdo de 1 de julio de 2020 dictado por el Gobierno de Navarra, por el que se declara la existencia de vías pecuarias, cuya anchura, trazado y demás características físicas generales figuran en el proyecto de clasificación y delimitación de las vías. Ganado de las Bardenas Reales.
El recurrente argumentó que el territorio de la Comunidad de Bardenas Reales no forma parte del «patrimonio» de la Comunidad Autónoma, «ni hay nunca una vía pecuaria que forme parte del patrimonio» de Navarra.
Según la demandante, el Gobierno autonómico pretendía iniciar un procedimiento administrativo para declarar parte del territorio de las Bardenas Reales de Navarra como bien común de esta Comunidad Autónoma «que nunca existió».
En definitiva, la polémica recae sobre quién debe ser el propietario de los caminos que existen en las Bardenas para el paso del ganado.
El órgano querellante, la Comunidad de Bardenas Reales, afirma que “se trata de vías de acceso que se remontan a tiempos muy remotos, cuando la comunidad tenía el usufructo de las Bardenas y la nuda propiedad correspondía primero a la Corona y después al Estado”. , y que sólo sean utilizados por los miembros de la misma, los congozantes, por lo que sería una servidumbre natural o escalera interior para el uso de su ganado”.
Por su parte, la Administración Foral argumentó que “estos barrancos están en el sentido de las normas anteriores y que por tanto tienen el carácter de bienes comunes, son intangibles, inalienables e inalienables, y que por tanto tienen derecho a determinar su existencia y disposición».
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