Pide al tribunal autonómico que justifique la reducción de pena en función de las circunstancias atenuantes y agravantes estimadas
PAMPLONA, 5 oct (PRENSA EUROPA) –
El Tribunal Supremo de Navarra (TSJN) ha revocado parcialmente la condena de dos años de prisión impuesta el pasado mes de enero por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial a un imputado que intentó matar a puñaladas a su mujer en Los Arcos el 30 de abril de 2019. La Sala Civil y Penal del TSJN determina que el tribunal determinó «erróneamente» la pena por el delito de homicidio en grado de tentativa y ordena que se establezcan las circunstancias atenuantes, defensivas y agravantes alegadas y se determine una nueva pena en consecuencia.
En la sentencia, recurrible ante el Tribunal Supremo, el TSJN también modifica la indemnización concedida a la víctima, reduciéndola de 30.000 a 20.000 euros.
El pasado mes de enero, la Sección Segunda de la Audiencia resolvió que el delito era de tentativa de homicidio, añadiendo la agravante de parentesco, la atenuante de reparación parcial _por la entrega de 7.630 euros antes de la celebración del juicio_ y la defensa incompleta de los trastornos mentales, recordó la TSJN en un comunicado.
El Tribunal Supremo de Navarra, de oficio, considera que el tribunal dictó «indebidamente» la sentencia. Por ello, el TSJN pide a la Corte que razone “con absoluta discrecionalidad” si la reducción de la pena del imputado debe ser en respuesta a consentir la defensa incompleta de un trastorno mental de uno o dos grados. .
E igualmente, lo invita a argumentar en qué medida la coincidencia de la circunstancia agravante de parentesco con la atenuante de reparación parcial del daño “permite o no permite apreciar la existencia de una calificada agravante o atenuante para invocar la que ha de imponerse al imputado pena fija».
La pareja vivía en una vivienda de Los Arcos que el imputado cedió el 20 de marzo de 2019 para vivir con su hermana en Mendavia.
En la madrugada del 30 de abril, el imputado, quien se encontraba de baja por estrés en la empresa donde laboraba, condujo su vehículo hacia Los Arcos, donde estacionó en un lugar no visible desde la casa de su esposa. .
Según el veredicto, tomó un cuchillo de cocina de ocho pulgadas y se acercó a la casa alrededor de las 7:30 a.m. Sabía que en ese momento su esposa estaba conduciendo a su hija al instituto.
El acusado los sorprendió en el sótano donde la mujer guardaba el vehículo, quien «sobresaltada» le preguntó: «¿Qué estás haciendo?». «Estoy aquí para matarte», siseó su esposo. La empujó contra el auto y, empuñando el cuchillo, no dejaba de repetir: «Te voy a matar, me has hecho enojar, me has hecho enojar, te voy a matar». La mujer que pidió ayuda sufrió laceraciones en ambas manos mientras intentaba defenderse.
Se comprobó que el hombre quería clavar el cuchillo «en la cara y el cuello» y en el cuerpo, en la parte superior izquierda del cuerpo «a la altura de las costillas». El imputado le hizo un pinchazo en la mejilla derecha, y del ataque en el cuello, la víctima quedó protegida por el plumífero de cuello alto que vestía.
Los vecinos escucharon gritos de ayuda, en particular una pareja que vive en la casa adosada adyacente. El vecino logró sacar el cuchillo, tras lo cual el imputado quedó «paralizado y sorprendido». Se derrumbó y dijo que «no dormí en toda la noche pensando que tendría que matarla».
Como resultado del ataque, la mujer sufrió cortes en ambas manos y contusiones en ambos brazos y erosiones superficiales en el rostro, la parte baja de la espalda y el costado izquierdo. Le tomó 14 días estabilizarse de estas lesiones.
La sentencia del tribunal de 2 años de prisión y 8 años de privación de libertad y prohibición de comunicarse con la víctima fue recurrida por la defensa, que alegó un error en la valoración de las pruebas relativas a la salud del imputado. y también pidió la reducción de la responsabilidad civil mientras se mitiga la reparación total _no parcial_ del daño.
El Ministerio Público, por su parte, recurrió la determinación de la pena que, como dije, debería haber sido de cuatro años de prisión.
Las Salas Civil y Penal del TSJN desestimaron todos los argumentos presentados por la acusación y la defensa, salvo los relativos al monto de la indemnización.
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