Extremadura

El TSJN confirma la condena a 7 años por la violación de una mujer que acudió a un piso de Pamplona a comprar droga

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PAMPLONA, 26 de septiembre (EUROPA PRESS) –

El Tribunal Supremo de Navarra (TSJN) ha confirmado la condena a 7 años de prisión impuesta el pasado mes de marzo por la Sección Primera de la Audiencia Provincial a un hombre que violó a una mujer que había acudido a su domicilio de Pamplona a comprar droga.

En la sentencia, recurrida en apelación ante el Tribunal Supremo, las Salas de lo Civil y Penal del TSJN también confirmaron las demás sentencias dictadas por el tribunal. Por tanto, el imputado, de nacionalidad dominicana, deberá indemnizar con 20.000 euros a la víctima, que no podrá acercarse ni comunicarse con ella durante 10 años. Además, deberá cumplir con una medida de libertad condicional, la cual será ejecutada luego de la pena de 6 años de prisión.

En particular, la Sala confirmó las penas de 6 años y 6 meses de prisión por agresión sexual y 6 meses adicionales por delitos contra la salud pública por tráfico de estupefacientes.

El Tribunal de Apelación considera probada la reproducción de los hechos declarados por el tribunal. Sobre las 18.00 horas del 19 de febrero de 2021, la víctima, que entonces tenía 18 años, se encontraba con un amigo en la plaza de los Burgos de la capital navarra. Ambos decidieron comprar cannabis para el consumo. Acordaron llamar al acusado para que le entregaran la droga.

Finalmente se encontraron en el barrio de San Jorge de Pamplona en una casa donde el acusado les dijo que solo la mujer debía subir a buscar la droga. Una vez dentro, el imputado condujo a la mujer a una habitación donde, tras impedirle moverse, la violó, informó el TSJN.

Una vez finalizada la agresión sexual, el imputado entregó el cannabis por 10 euros. Alrededor de las 19:00 horas, la víctima le contó a una amiga y a su acompañante sobre la agresión sexual que había sufrido.

USO DE LA VIOLENCIA

La resolución de la Sección Primera del Tribunal de Justicia de Navarra en relación con estos hechos fue recurrida por la defensa, que solicitó la absolución. El Ministerio Público y la propia acusación particular exigieron confirmación.

En su sentencia, el Tribunal de Apelación enfatizó que «la credibilidad de la víctima no deja dudas». Su versión de los hechos «fue siempre la misma, desde el primer momento, sin ninguna variación».

Además, la sala destaca que la relación sexual está acreditada y confirmada por pruebas de ADN.

El propio acusado admitió la relación sexual, aunque aseguró que fue consentida. Sin embargo, los jueces destacan que la víctima “se quedó con su falta de consentimiento y el uso de la fuerza del imputado para quebrantar su negativa”.

“La persistencia de la fiscalía es innegable, consecuente y consecuente”, agregaron los jueces al evaluar el testimonio de la mujer.

“Además, tenemos ciertos datos marginales que sustentan los testimonios de la víctima en puntos específicos, como los testimonios de los testigos del juicio que, en muy poco tiempo, contaron la misma versión, que no es otra que la que se mantiene desde el principio», reiteró el tribunal.


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