Cataluña

Torra trae su primera inhabilitación ante el TEDH por no quitar una pancarta de la Generalitat

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Ya ha cumplido su condena y lo acusan de «persecución ideológica y política de la minoría nacional catalana»

BARCELONA, 5 (PRENSA EUROPA)

El expresidente del Gobierno Quim Torra ha recurrido ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) su primera condena por desobediencia, que ya había cumplido, por no retirar una pancarta de la fachada por los presos del 1-O de la Generalitat.

La oficina del expresidente de Torra dijo este martes en un comunicado que el recurso alega violaciones del derecho a un juez imparcial, el principio de legalidad penal y el derecho a la participación política.

En ese caso, en diciembre de 2019, el Tribunal Supremo de Cataluña (TSJC) le inhabilitó durante un año y medio por desobediencia “persistente y obstinada” a la Junta Electoral Central (JEC) durante la legislatura de las elecciones del 28 de abril de 2019. y habiendo cumplido esa pena, Torra fue nuevamente inhabilitado en otra causa por desobediencia.

Los abogados de Torra, Gonzalo Boye e Isabel Elbal, han argumentado ante el TEDH que el caso de Torra era «un caso de persecución ideológica y política de la minoría nacional catalana en el Estado español».

Consideran que no se respetó su derecho a un juez imparcial ni en su juicio ante el TSJC ni en los recursos ante el Tribunal Supremo (TS) y el Tribunal Constitucional (TC) “porque los jueces fallaron sin la menor apariencia de imparcialidad en el caso. » .

También alegan una violación al derecho de defensa porque “negaron sistemáticamente” las recusaciones que interpusieron contra los magistrados de la Corte Suprema que conocieron su apelación, y porque se desestimaron algunas pruebas y en el proceso declararon miembros de la Junta Electoral Central.

MAR DEL PARLAMENTO

Creen que se violó el derecho de Torra a la presunción de inocencia al condenarlo «sin pruebas en su contra y tratarlo como culpable por parte de varias autoridades antes de su sentencia» y renunciar a su escaño antes de que el veredicto fuera definitivo.


Agregan que despojarlo de su escaño en espera de la revisión de la sentencia por parte de la Corte Suprema es «una violación flagrante y desproporcionada del derecho a elecciones libres» y la presunción de inocencia.

“Además, la destitución del cargo de presidente, que supuso la destitución de todo el Gobierno y la disolución automática del Parlamento, también fue una consecuencia totalmente desproporcionada”, y afirman que la pancarta que se colgó en la Generalitat fue una acción- reivindicación política.

En este sentido, defienden que «el uso de una pancarta o un símbolo no cambia la forma de ejercer la libertad de expresión» y recuerdan que la reivindicación de la libertad de los presos del 1-O propició la plataforma electoral que Torra presentó a las elecciones. .

El recurso también incluye aspectos procesales y alega que la sentencia cambió «el centenario de la jurisprudencia» sobre el desacato de órdenes extrajudiciales como la de la JEC, y menciona una sentencia del Tribunal Supremo de 2016 que dictaminó que la JEC solo puede dar instrucciones a las autoridades públicas, involucradas en organizando las elecciones, pero no otros, como Torra.

DOS CAUSAS

A finales de abril de este año, el juzgado consideró cumplida primera sentencia porque Torra ya había pagado la multa de 30.000 euros impuesta con la sentencia -confirmada por el Supremo y el Constitucional- y al año y medio ya tenía la inhabilitación. pasó a la que fue condenado.

Paralelamente, y apenas dos semanas después de finalizada esta primera inhabilitación, el TSJC comunicaba a Torra su condena de 15 meses de inhabilitación en el segundo caso de desobediencia, también por no haber retirado una pancarta de la Generalitat, en este caso durante la Legislatura del 10 de noviembre de 2019 Elige.


Felipe Tordero

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