Andalucia

Cuándo cesa el pago de la pensión alimenticia en divorcios

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Carmen Manzano

En la sociedad actual, los divorcios son muy comunes. Por ello, si una relación matrimonial ha concluido, es importante contar con asesoría legal especializada. De esta forma se pueden proteger los derechos e intereses de ambas partes. En tal sentido, siempre es bueno consultar con expertos como Carmen Manzano.

Un abogado especialista puede hacer una diferencia clave. En muchos casos, las personas siguen pagando la pensión de alimenticia sin que exista la obligación legal. Más aún, sin la asesoría necesaria, pueden existir acuerdos perjudiciales para una de las partes.

La pensión compensatoria ¿Qué es y cuáles alcances tiene?

Generalmente, en un matrimonio, un cónyuge se encuentre mejor económicamente a diferencia del otro. En ese caso, con el divorcio se produce un desequilibrio para el menos favorecido. De ahí la relevancia del acuerdo compensatorio donde el Juez podrá determinar el pago de una pensión para minimizar los efectos patrimoniales adversos.

Llegó la hora de fijar una pensión Alimenticia ¿Cómo se determina?

Puede realizarse de mutuo acuerdo entre las partes. En caso de controversia sobre la misma, será obligación del juez determinar las circunstancias particulares del caso para proceder a su fijación. Todo proceso judicial tiene doble instancia. Lo anterior implica que, en caso de desacuerdo sobre lo sentenciado, se puede apelar.

¿Hasta dónde llega la pensión alimenticia compensatoria?

La obligación del pago de la obligación alimenticia subsiste incluso a la muerte del deudor. Es un compromiso heredado. También es cierto que quienes suceden al causante pueden alegar sobre la insuficiencia de los bienes heredados para seguir con el pago de la pensión.

Las pensiones alimenticias compensatorias pueden fijarse de forma temporal; generalmente, se extinguen de pleno derecho por la conclusión del tiempo acordado. También, pueden ser pactadas para ser vitalicias. En este último supuesto, se extinguen por la muerte del beneficiario, es decir, en este caso no se hereda.

¿Se puede extinguir una pensión alimenticia compensatoria?

Existen básicamente tres grandes motivos para el cese de la obligación del pago de la pensión. Primero sería por un cambio en la situación económica del beneficiado. Aparte, por un nuevo matrimonio o relación del beneficiado. Finalmente, si es temporal, la conclusión del lapso acordado.

El beneficiario ha accedido al mercado laboral

En este supuesto, ya no existe la necesidad de pagar la pensión alimenticia porque fenece la causa que motivó la asignación por parte del juez de la mencionada pensión. La negativa a incorporarse al mercado laboral puede ser un factor en contra del beneficiado, siempre y cuando se encuentre en condiciones de trabajar.

El ex cónyuge ha contraído nuevamente matrimonio

Si el beneficiario contrae nupcias o decide vivir en una unión estable de hecho, no puede seguir cobrando la pensión alimenticia. De igual forma, tendrá efecto retroactivo a la fecha del matrimonio. Lo anterior tiene su razón de ser porque las obligaciones de asistencia material se trasladan al nuevo cónyuge.

Solicitar el cese de la pensión alimenticia complementaria, implica  demandar. Para ello se necesita un abogado especializado en Derecho de Familias, y de esta forma contar la mejor asesoría. Es posible extinguir de mutuo acuerdo y, en tal caso, se debe formalizar ante el juzgado competente.

Felipe Tordero

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