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Un juzgado de A Corua ha dado 10 días al Estado para detallar los 564 bienes de Meirs que reclama en Madrid

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También exige que le digan qué parte del mobiliario no está involucrada en el juicio contra los Franco.

14 de octubre de 2022 . Actualizado a las 22:07

diez días Es el plazo concedido al Estado por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de A Corua indicar detalladamente y por separado qué bienes del inventario realizado el 11 de noviembre de 2020 son objeto de la acción que demandó a los Franco por posesión de 564 muebles y documentos de la mansión Meirs. La denuncia presentada por el Ministerio Fiscal ante el Juzgado de Primera Instancia número 70 de Madrid contiene una solicitud de medida cautelar que la permanencia de la propiedad en el inmueble se liquida en un depósito del Estado a la espera de que el tribunal se pronuncie sobre su propiedad. Además, el juez Francisco Javier García Aponte pide al Estado que indique qué bienes no fueron objeto de la demanda y por tanto no están afectados por la decisión que pueda dictar el juzgado de Madrid. En la práctica, estos bienes no afectados serían los que se pueden llevar los Franco.

El juez también ordenó la suspensión en el autopendiente de resolución de la solicitud formulada por el Estado, el plazo concedido a las partes el 26 de septiembre de 2022 para indicar el tiempo que estimen necesario por la práctica de la diligencia en la entrega de los muebles a los franquistas, así como identificar a las personas que intervendrán y los medios que se utilizarán para llevar a cabo la entrega de los bienes de forma segura. Contra la Providencia se puede interponer recurso de nulidad en el plazo de cinco días.




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Así lo resolvió el Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña en el auto de septiembre La entrega de la finca Meirs, que pertenece a la familia Franco, debe realizarse en presencia de una comisión judicial y los intervinientes en el proceso con base en el inventario levantado en noviembre de 2020. La familia Franco, según estableció el juzgado mediante auto del pasado mes de julio, No se puede retirar los bienes que en ese momento reclamaban el Estado, la Xunta y los Ayuntamientos de A Corua y Sada, salvo las alfombras del pasillo, porque el juez entendió que se trata de un inmueble, es decir, inseparable de la mansión. Además, el Abogado de la Administración de Justicia indicó en el decreto que se requerirá el visto bueno de la Xunta para la cesión de bienes de interés cultural.




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