La Comisión Europea ha informado a Meta, multinacional propietaria de plataformas como Facebook e Instagram, sobre su modelo pagar o tragar viola el Reglamento de Mercados Digitalesconocido como DMA por sus siglas en inglés.
A finales de 2023, Meta anunció suscripciones Si deseas seguir usando Facebook o Instagram sin ver anuncios, puedes hacerlo pagando una tarifa mensual. Lo que el movimiento no mencionó fue el enésimo intento de la multinacional de cumplir con el Reglamento General de Protección de Datos (GDPR).
El año pasado, las autoridades judiciales dictaminaron que el modelo mediante el cual Meta extrae datos personales de sus usuarios para utilizarlos con fines publicitarios ya no es aplicable. no tuvo el consentimiento legal en el sentido del RGPD. Sin embargo, una sentencia del TJUE abrió la posibilidad de que, si no se daba el consentimiento, el servicio pudiera utilizarse pagando la correspondiente tarifa.
Por eso, Meta presentó sus nuevas suscripciones, lo que generó un intenso debate entre expertos de todo el continente: el GDPR también garantiza que el consentimiento a la transferencia de datos personales debe ser informado y, sobre todo, gratuito. Si la alternativa es pagar esa libertad está siendo cuestionada.
En abril, el Comité Europeo de Protección de Datos (EDPB, el organismo que reúne a las autoridades de los Estados miembros en este ámbito) ya acusó a Meta por el uso de estas suscripciones, cuyo modelo se conoce como pagar o bienun concepto que se puede traducir sucintamente al español como pagar o tragar.
Ahora la Unión asesta un nuevo golpe a la empresa tecnológica fundada por Mark Zuckerberg. Un aviso enviado por la Comisión a la empresa recuerda que el artículo 5.2 del Reglamento de Mercados Digitales exige que las plataformas ofrezcan alternativas justas, aunque menos personalizadas, a los usuarios que se niegan a compartir sus datos personales.
“Las plataformas no pueden hacer depender el uso del servicio o de determinadas funcionalidades del consentimiento de los usuarios”, dice el comunicado de Bruselas a los medios.
Por tanto, la Comisión entiende que “el modelo publicitario” pagar o tragar del objetivo no cumple con la DMA y no cumple con los requisitos mínimos caracterizado por el artículo 5.2.
“No permite a los usuarios optar por un servicio que hace menos uso de su información personal pero que por lo demás es equivalente al servicio basado en publicidad personalizada” y “No permite a los usuarios optar voluntariamente si su información personal lo permite”. «
Ahora la investigación sobre Meta continúa: Éstas son las conclusiones preliminares de la Comisión. Meta tiene ahora la oportunidad de defenderse examinando los documentos aportados por Bruselas en el procedimiento. Si las conclusiones preliminares se vuelven definitivas, Bruselas podría imponer una multa a la empresa.
La DMA prevé sanciones de hasta el 10% del volumen de negocios global anual de la empresa en cuestión. En caso de reincidencia, las multas pueden alcanzar hasta el 20%. Si ya hay violaciones sistemáticas, Bruselas puede presentar una solicitud Recurso como obligar a una empresa a deshacerse de un negocio o dividir una empresa en dos.
Bruselas debe resolver este caso antes del 25 de marzo de 2025pues la normativa también prevé un plazo de 12 meses para estas cuestiones procesales y el caso se inició en marzo pasado.
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