BARCELONA, 13 de diciembre (EUROPA PRESS) –
El Juzgado Contencioso-Administrativo 15 de Barcelona ha estimado parcialmente dos recursos contra las elecciones de la Sala de Barcelona de mayo de 2019 y ha anulado el resultado final de seis votos por «vulneración del derecho a la igualdad».
La sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, indica que el sistema electrónico de votación remota «falló» en la identificación de los votantes, lo que les permitiría ser identificados de forma completa y fiable.
Este hecho motivó la necesidad, luego de las elecciones, de «investigar» una cierta cantidad de voces «sospechosas» y luego realizar una serie de investigaciones «, incluidas llamadas telefónicas, para determinar la validez del voto.
El texto impugnable indica que «si luego de la votación y fuera del sistema se requería un control de identidad», el sistema no garantizaba la identificación confiable del elector.
“Es decir, el sistema permitió votar aunque el votante no estuviera plenamente identificado”, agrega la sentencia, indicando que esto ha provocado literalmente otro conjunto de problemas que violan tanto el derecho a la igualdad como esta Consideración del sospechoso como sospechoso. , votos múltiples de un mismo PI o votos nulos por causas ajenas a las causales de nulidad previstas en la normativa.
IDIOMA
El tribunal no aceptó la apelación por una posible violación del principio de igualdad porque las instrucciones para votar no están en inglés, «porque el inglés no es el idioma oficial».
En cuanto al uso exclusivo del catalán alegado por los demandantes, la sentencia indica que la Sala y la Generalitat indicaron que dependía de la dirección web desde la que se accedía al sistema electoral y que se trataba de una única página que estaba únicamente en catalán.
Sin embargo, el texto indica «el significado nulo» de esta página en el proceso ya que el texto catalán indicaba la necesidad de identificación.
Comments