El juez descartó que utilizó una empresa fantasma para evadir impuestos
BARCELONA, 22 (PRENSA EUROPA)
El Juzgado 3 de lo Penal de Barcelona ha absuelto al expresidente del FC Barcelona Sandro Rosell tras su juicio por un presunto fraude de 230.296€ a Hacienda en su sentencia de 2012.
El veredicto de este jueves, al que ha tenido acceso Europa Press, le absolvió del delito, por el que la fiscalía había pedido que fuera condenado a dos años y nueve meses de prisión.
Los fiscales acusaron a Rosell de usar una propiedad única, TOC, para dar cuenta de sus actividades personales, supuestamente pretendiendo trabajar a través de una corporación en lugar de a título personal para obtener impuestos más favorables.
En la sentencia, el juez reconoció la «incertidumbre» sobre las limitaciones en el uso de ese número ante los constantes cambios en la regulación fiscal, y también confirmó que TOC sí interfería en la actividad profesional facturada por Rosell, que era fundamentalmente de consultoría y Consultivo.
El juez advierte que «en todo caso, la interposición de sociedades no puede ser considerada supuestos de simulación», señalando que TOC prestó, facturó, recaudó e incluyó servicios reales en la declaración del impuesto de sociedades.
«RELEVANCIA PENAL»
Además, la sentencia critica que «esta desconfianza en la utilización de empresas para el ejercicio de una actividad profesional está representada de forma desigual por la administración tributaria», y en este sentido recuerda que otra persona, testigo de la causa, utiliza una Sistema de facturación similar, y sin embargo Hacienda no lo consideró un simulacro.
El juez descarta así que Rosell utilizara la empresa para evadir impuestos y no ve «ninguna relevancia penal» en el resto de actuaciones que le atribuye la fiscalía porque reaccionan a cantidades inferiores a 120.000 euros, umbral del delito fiscal.
En este sentido, considera «una mera discrepancia con la Administración sobre la forma de tributación, sin trascendencia penal» que Rosell declarara determinadas actividades a través del IRPF en lugar del Impuesto de Sociedades y viceversa.
«PERSECUCION»
En la vista de ese caso del lunes 12 de septiembre, el abogado de Rosell, Pau Molins, achacó la «persecución» como consecuencia de la «Operación Catalunya» y por la que finalmente fue absuelto en la Audiencia Nacional.
En el veredicto, el juez menciona «las lamentables consecuencias negativas que ha acarreado este juicio en la persona de Rosell, lo que se pone de manifiesto no sólo por la situación de privación de libertad personal que padecía, siendo absuelto provisionalmente después de 21 meses». Prisión.
Sin embargo, el juez advierte que «esto no le confiere un halo de impunidad en relación con otros hechos misceláneos, ni lo exime de ser sometido a otros procesos sin que, previa verificación, se concluya que hubo una actuación antijurídica de la autoridad fiscal». que según la defensa, las inspecciones que dieron inicio a la causa fueron abiertas para evitar prescribir otras más antiguas.
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