Los refugios que operan al 100% de su capacidad deben tener un certificado Covid
El tribunal superior autoriza a la Xunta a solicitar la emisión de documentos que no son obligatorios si la ocupación es inferior al 50% de su capacidad máxima
29 de octubre de 2021 . Actualizado a las 4:27 pm
Los alojamientos pueden funcionar al 100% de su capacidad, pero deben necesita el certificado Covid-19 para vacunación, recuperación o prueba de diagnóstico. Esta medida también amplía la generalización de la capacidad máxima para esta área, que se mantuvo en el 75% durante una semana más respecto al resto de actividades. Por tanto, el Tribunal Supremo de Xustiza de Galicia (TSXG) autoriza a Xunta a solicitar documentos a las personas mayores de 12 años para el acceso a los alojamientos comunales de los albergues turísticos que amplían su capacidad en estas dependencias hasta en un 100%.
No es necesario expedir la documentación si la ocupación de la pernoctación compartida no supera la mitad de su capacidad máxima o si todos los residentes realizan las etapas del Camino de Santiago en territorio gallego en el mismo grupo de burbujas o en el mismo. estable. La medida se aplica a partir de la medianoche del día siguiente a la publicación de la PERROla cual tuvo que ser revisada a más tardar antes de este sábado, cuando caducó la autorización previa y permanecerá vigente hasta el 20 de noviembre a las 00:00 horas.
La sección tercera de la Sala Administrativa controvertida del TSXG indica, en orden, que el informe presentado por la Xunta concluye que, si bien los indicadores epidemiológicos "Es mejor en Galicia"que aún existe una propagación del virus y, por tanto, un riesgo de transmisión, "con incidencias aún significativas en los grupos de edad que pueden ser usuarios de este tipo de instalaciones".
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