La Junta no tendrá que indemnizar a Carrefour Cáceres con 175.000 € por domingos cerrados

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La Junta de Extremadura no tendrá que indemnizar a Carrefour con 174.579 euros donde la cadena comercial lo reclamó concepto de responsabilidad patrimonial debido a la imposibilidad de abrir los primeros domingos de los meses de febrero, marzo, abril, mayo, junio y octubre. El Ayuntamiento revocó en abril de 2016 una resolución de 2013 del Ministerio de Trabajo, Empresa e Innovación que declaró a la ciudad Zona de Gran Influencia Turística (ZGAT) y que, posteriormente, en julio de 2018, el Tribunal Supremo derogó.

Ahora la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia ha desestimado el recurso de casación interpuesto por Carrefour contra la Administración autonómica por considerar que "no se cumple el requisito de que se haya causado un daño ilícito", según informó la empresa. La oración indica esto "No estamos ante un comportamiento arbitrario de la Administración" y que la resolución del Consejo de 2016 "no era claramente contraria al ordenamiento jurídico".

En este sentido, recuerda que esta misma Sala no apreció contradicciones y que el Tribunal Supremo debió haber anulado la resolución, pero indicó "dejar constancia de las dudas jurídicas existentes al no tener que ordenar las costas".

Apertura

En Los grandes almacenes en octubre de 2018 reabrieron los primeros domingos de los meses antes mencionados -según la resolución con la que el Ejecutivo de Monago hizo la declaración de Cáceres como ZGAT en 2013- cuando se ejecutó la sentencia dictada por el Tribunal Supremo en el verano del mismo año. El origen del conflicto es cuando el Ejecutivo revocó la resolución del Gobierno anterior que posteriormente anuló el Tribunal Supremo. En la ciudad de Cáceres, la medida se refería a la Ruta de la Plata y al centro comercial Carrefour, ya que las áreas comerciales superaban los 300 metros cuadrados.

El juez sentenció al demandante a asumir los costes del proceso. Contra la sentencia hay un solo recurso ante la Sección Tercera del Tribunal de Casación.


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Elena Resanes

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