Se dice que tiene un resultado «efectivo e inmediato» y cree que las medidas no se han reflejado en las escuelas hasta ahora.
BARCELONA, 9 (PRENSA EUROPA)
El Tribunal Supremo de Cataluña (TSJC) ha ordenado al Ministerio de Educación que ejecute, en un plazo máximo de 15 días, la sentencia que exige que al menos el 25% de las clases se impartan en castellano.
En un auto consultado por Europa Press este lunes, el TSJC pide al consejero de Educación, Josep Gonzàlez-Cambray, que dé instrucciones y establezca garantías de control para que todos los alumnos del sistema educativo catalán reciban al menos un 25% «de forma efectiva e inmediata». . Lecciones en español.
Pasados estos 15 días, el ministerio deberá informar al TSJC de las medidas que ha adoptado para ejecutar la sentencia y en qué medida se han respetado, y en paralelo el juzgado ha pedido a la Inspección de Educación Superior que verifique el cumplimiento del sistema educativo catalán. .
Este requisito obliga a ejecutar la sentencia del propio TSJC, que dictaminó en diciembre de 2020 que el sistema educativo en Cataluña debe tener al menos ese porcentaje de horas en castellano, incluyendo al menos la asignatura de lengua castellana y otra troncal.
Antes de que la Asamblea por una Escuela Bilingüe (AEB) solicitara la ejecución de la sentencia, la Generalitat informó al TSJC de que ya había tomado medidas para regular el uso de la lengua en la escuela.
En particular, se refirió a las modificaciones de la Ley de Política Lingüística ya la Ley del aranés, así como a la tramitación de un proyecto de decreto por el que se introduce el régimen lingüístico del sistema educativo catalán.
Sin embargo, el TSJC responde que la sentencia impone «una obligación de resultado» y que la actuación de la Generalitat aún no ha tenido un resultado concreto que se refleje en la actividad de los colegios.
Sin embargo, el tribunal coincide con el gobierno en que la administración puede elegir el medio de ejecución de la pena, subrayando que «no es el medio, sino el resultado lo que determina la pena».
LEGALIDAD DE GTC Y VOTO ESPECIAL
El juzgado ejecutó la ejecución de esta sentencia a instancias de la AEB, que finalmente la reconoció como parte interesada y por tanto legitimada para solicitar la ejecución, contra lo que se había opuesto la Generalitat.
“Estos alumnos, y por tanto sus padres, pueden tanto beneficiarse de la ejecución de la sentencia como verse perjudicados por su no ejecución, y su preocupación debe ser reconocida”, argumentan los jueces de la Sala de Primera Instancia del TSJC al reconocer la legitimidad de la AEB .
Dos de los cinco jueces que firmaron la orden agregaron un voto por separado en desacuerdo con que se pueda otorgar legitimidad a padres o estudiantes individuales.
El juzgado, por su parte, ha desestimado una demanda de Vox, que también pedía la ejecución de la sentencia, porque no cree que sean parte en el caso.
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