Andalucia

El Supremo tarda más en dictar veredicto sobre los ERE por la complejidad del caso

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Vista general de la Sala del Tribunal Supremo donde se celebraron las vistas de los ERE. / EFE. ARCHIVO, ARCHIVO

La prórroga vence a mediados de septiembre, pero los magistrados no pueden agotar el plazo ni reprogramar la cita nuevamente

Dada la complejidad del caso, y teniendo en cuenta el número de demandantes y las razones aducidas, se dio más tiempo al Tribunal Supremo para dictar sentencia en el «caso ERE».

En una orden anunciada esta semana, los jueces de la Sala de Primera Instancia dijeron que consideraban necesario acordar una ampliación del plazo para dictar su orden, extendiendo el plazo normal de 10 días establecido por ley a 60 días hábiles, contados a partir de la el pasado 23 de mayo.

Fuentes jurídicas han indicado a Europa Press que la prórroga del plazo vence hacia mediados de septiembre, pero el juzgado no puede agotar el plazo ni dictar un nuevo auto aplazando de nuevo el plazo para dictar sentencia.

El Tribunal Supremo ya había aplazado su sentencia para no afectar a las elecciones del pasado domingo en Andalucía, según han explicado al medio fuentes cercanas al caso, aunque esta prórroga supone un importante retraso.

Como recordó el tribunal, la vista de las apelaciones en este caso se llevó a cabo el 4 y 5 de mayo ante la Corte Suprema. En estas sesiones, los fiscales pidieron al juzgado que confirme las sentencias dictadas contra cerca de una veintena de exacusados ​​de la Junta de Andalucía, entre los que se encuentran los expresidentes José Antonio Griñán y Manuel Chaves.

La Fiscalía confirmó las irregularidades cometidas en el procedimiento de concesión de ayudas sociales y laborales, entre ellas la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla en el denominado “caso ERE”, por el que fueron condenados por delitos de subterfugio ex funcionarios de la Junta de Andalucía y malversación de fondos.

Para el fiscal, quedó acreditado que «querían cambiar el sistema de concesión de ayudas para evitar cualquier tipo de control». Según defendió, «las ilegalidades cometidas» eran evidentes y «todos eludían sus responsabilidades» y «eran conscientes de que el juego no era adecuado».

El fiscal aseguró que las ayudas otorgadas no cumplían con los requisitos establecidos: ni nómina de beneficiarios, ni justificación de la finalidad pública, ni constancia del cumplimiento de esta finalidad. De manera consistente, insistió en que «no es posible» que esto suceda durante 10 años y que los acusados ​​no lo supieran.

Además, confirmó que «todo el sistema se asustó» y que «el elemento de ilegalidad está perfectamente descrito en la sentencia» que ahora recurren los condenados. “Cada uno de ellos trabaja en conjunto para lograr el objetivo común”, enfatizó.

La defensa pide absolución

En estas audiencias, la defensa del expresidente de la Junta de Andalucía, José Antonio Griñán, pidió al Tribunal Supremo que le absolviera de los delitos de subterfugio y malversación de fondos por los que había sido condenado, al no haber pruebas en los hechos establecidos de » ninguna «irregularidad» por parte del consejero de Hacienda en su momento, ni que tuviera conocimiento de ella, ni «por motivos de lucro». «Si no puedes decidir a dónde van los fondos, no puedes malversar», dijo.

La defensa del exdirector general Manuel Chaves también pidió a la Corte Suprema que confirme su absolución del delito de subterfugio por el que fue condenado. Se escudó en anteriores sentencias del Supremo para defender que los dos acuerdos sobre el anteproyecto de presupuestos andaluces -que aprobó cuando estaba en el Consejo de Gobierno- no pueden ser considerados actos administrativos sino actos políticos, por lo que -a su juicio- el delito de subterfugio no sería aplicable.

Como ellos, otros veinte condenados expusieron sus argumentos ante los jueces en dos sesiones, una por la mañana y otra por la tarde. Ahora están a la espera de la decisión de la Corte Suprema.


Felipe Tordero

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