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El juez de instrucción deberá seguir indagándolos por supuestas evasiones
BARCELONA, 4 (PRENSA EUROPA)
La Audiencia de Barcelona ha ordenado la revisión de la causa en la que el Juzgado de Instrucción 21 de la ciudad investigaba a la alcaldesa Ada Colau por supuestas irregularidades en las subvenciones del Ayuntamiento a los servicios sociales.
En un auto consultado por Europa Press este viernes, los jueces valoran el recurso de la Asociación por la Transparencia y la Calidad Democrática, que promovió la causa y pidió su reapertura cuando fue presentada.
En julio, el forense cerró la investigación y concluyó que los hechos de la denuncia de malversación, subterfugio, fraude, negociación prohibida y tráfico de influencias que habían dado lugar al caso no constituían un delito.
El auto, que se conoció este viernes, implica que el juez de instrucción debe continuar la investigación desde donde la dejó y realizar la diligencia solicitada por los querellantes.
Los jueces advierten que «de forma inicial y provisional solo aprueban la concesión de una serie de subvenciones por parte del Ayuntamiento de Barcelona en el procedimiento de concesión directa» entre 2016 y 2020 al Observatori del Drets Econòmics Socials i Culturals (Desc), la Plataforma por la Hipoteca Personas Afectadas (PAH), a la Aliança Contra la Pobresa Energètica (Ape) ya Enginyeria Sense Fronteres”.
Señalan que antes de ser alcaldesa, Colau dijo que tenía «una estrecha vinculación o relación» con estas entidades, explicando que estaba siendo investigada por el caso y añadiendo que no tenía interés en conceder estas subvenciones.
Por su parte, los fiscales habían solicitado en mayo que el caso fuera archivado temporalmente, instando a «resistir la tentación de atribuir una posible responsabilidad penal a los investigadores utilizando el endeble argumento de ser presidentes de los ayuntamientos», y también se defendió de una denuncia que pidió a reabrir el caso ahora.
ARGUMENTOS PARA RECALENTAR EL CASO
En la apelación del expediente, el recurrente criticó el hecho de que el juez hubiera cerrado la investigación por considerar, en general, que no se había cometido ningún delito, fundamentalmente por evasivas al considerar que éste era el cargo central pero sin denunciar los diversos denunciados. para concretar alegaciones .porque descartó
Ahora, el tribunal de Barcelona no está de acuerdo con que la orden sea «fundamentalmente» sobre las evasivas y no cree que su ausencia descarrile el resto del asunto.
También contradicen las conclusiones extraídas por la entrenadora tras interrogar a la contralora comisionada del Ayuntamiento: afirmó que había descubierto irregularidades que no constituían delito, pero los jueces le dicen a la entrenadora que «corresponde a jueces y juzgados penales», que reconozca . «
Además, los jueces consideran que las pruebas reunidas hasta el momento no permiten descartar que los hechos constituyan un presunto delito de subterfugio en el que están implicados Colau y posiblemente otros.
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