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Coronavirus: la Fiscalía Superior de Andalucía apoya el pase Covid para residencias y hospitales

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Afirma que «cuenta con las aprobaciones legales adecuadas y es acorde con la compleja situación de riesgo para la salud en la que todavía nos encontramos».

EP GRANADA

La Fiscalía Suprema de Andalucía ha mostrado su apoyo a la implantación del certificado Covid propuesto por la Junta de Andalucía para el acceso a los centros sanitarios y sociales, alegando que esta medida «debe ser ratificada» por tener «suficiente autorización legal» y relación con la compleja situación de riesgo para la salud en la que todavía nos encontramos.

Así lo decidió el Ministerio Público después de que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de Andalucía (TSJA) en Granada remitiera la solicitud formulada por la Junta de Andalucía de confirmación judicial para ejecutar este pasaporte en estas particulares circunstancias.

Las alegaciones de la Fiscalía, a las que tuvo acceso Europa Press, afirmaban que la medida prevista en la ordenanza de la Consejería de Salud y Familia de la Junta de Andalucía de 26 de noviembre de 2021, “tiene ya suficiente justificación jurídica y es proporcionada al complejo Situación de riesgo para la salud en la que aún nos encontramos, teniendo en cuenta el deber activo de velar por la salud pública, que es responsabilidad de las autoridades públicas y de todos los ciudadanos, especialmente en la mayoría de los casos etapas importantes del proceso de vacunación masiva avanzado y teniendo en cuenta sus beneficios. para la protección de los trabajadores de la salud.

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La Junta de Andalucía justifica la implantación del certificado Covid «con la necesidad básica de prevenir la propagación de la pandemia y proteger la salud de los usuarios y empleados de los centros sociales o residenciales así como las áreas de los centros de salud con pacientes ingresados» . Recordemos que estos espacios deben ser vistos como “escenarios con mayor riesgo de transmisión” del virus.

Este hecho se refiere “no solo a la posible transmisión a residentes o pacientes, sino también al contagio de los trabajadores sanitarios y al aumento de las consecuencias negativas de los brotes, que incluyen el cierre de áreas sanitarias, la reducción o prohibición de visitas o el grave descenso de la capacidad para hacerlo Atención asistencial en nuestra comunidad autónoma ».

Ratificación del TSJA

La orden en cuestión, que se está sometiendo a la TSJA para su ratificación, considera necesario que las personas mayores de 12 años, visitantes o acompañantes de pacientes o residentes lleguen a los centros de salud o residenciales en los que se ubican por una vía triple alternativa. . O mediante un certificado del servicio de salud pública de que recibieron el calendario de vacunación completo; Proporcione una prueba de diagnóstico negativa realizada en las últimas 72 horas (PCR) o las últimas 48 horas para la prueba de antígenos. Finalmente, existe la posibilidad de acceso mediante una prueba de PCR, que certifica la recuperación de una infección por SARs-CoV2 en los últimos seis meses.

Por tanto, de acuerdo con el Ministerio de Asuntos Públicos, se establece una restricción muy limitada al referirse solo a personas mayores de 12 años y espacios, que, como se indica en el preámbulo del reglamento, deben tomar en cuenta escenarios con un mayor riesgo. de transmisión. Las consecuencias negativas no solo se proyectan sobre los pacientes o residentes, sino que también afectan a un grupo tan importante y sensible como es el personal de enfermería.

Además, se argumenta que la norma establece una triple modalidad de acceso que, de considerarse asequible, no vulnera el derecho a la igualdad ni genera discriminación entre vacunados y no vacunados. Además, la medida restrictiva está sujeta a un proceso de evaluación continuo basado en criterios epidemiológicos objetivos que han sido debidamente revisados ​​por las autoridades sanitarias.

Por todo ello, el Ministerio Público opina que este certificado Covid para dormitorios y hospitales es “perfectamente idóneo y eficaz para proteger la salud pública y el interés social desde todos los puntos de vista y teniendo en cuenta las condiciones reglamentarias. de uso».


Felipe Tordero

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