A partir del 8 de junio se podrán solicitar telemáticamente mediante la cumplimentación de los formularios disponibles en la web del Departamento de Trabajo
La Consejería de Empleo, Formación y Autoempleo, tras su publicación este martes en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), ha lanzado una segunda convocatoria de ayudas dirigidas exclusivamente a autónomos para facilitar la conciliación de la vida privada. familia y trabajo.
Entre ellos se encuentran, por un lado, incentivos para la contratación de personas desempleadas en su actividad económica, que les permita cuidar de sus hijos e hijas menores de tres años; y por otro lado la posibilidad de designar a una persona para tu empresa que te cubra en casos de riesgo durante el embarazo y en los períodos de descanso por nacimiento de hijo o hija, adopción, tutela adoptiva o familia de acogida.
Tal y como se indica en una nota de prensa, estas ayudas forman parte de la normativa del Departamento de Trabajo, Formación y Autoempleo aprobada en octubre de 2020, que incluye hasta nueve líneas de financiación diferentes diseñadas para cubrir una variedad de oportunidades que incluyen el trabajo a distancia, el cuidado de los menores y de las personas necesitadas de cuidados a la promoción de actividades de ocio extraescolares.
Las ayudas publicadas este martes corresponden a las líneas 4 y 5, destinadas exclusivamente a autónomos que podrán solicitarlas telemáticamente a partir de mañana, 8 de junio de 2022, mediante la cumplimentación de los formularios disponibles en el Catálogo de Trámites y Servicios de la web del ayuntamiento.
El plazo permanece abierto hasta el 30 de septiembre de 2022, salvo que, tal y como se especifica en la convocatoria, se haya agotado la línea de crédito fijada en 600.000 euros para ambas líneas de financiación, que luego se comunicaría mediante resolución.
Cuidado de niños menores de tres años.
La línea 4 concede un incentivo de 6.000 euros a los autónomos con hijos a cargo menores de 3 años que contraten a desempleados durante 12 meses o la proporción que corresponda como máximo hasta los 3 años del hijo o hija para que pueden trabajar en su trabajo u ocupación remunerada mientras cuidan a sus Hijos o hijas, ya sea por nacimiento o adopción, tutela adoptiva o acogimiento permanente. La contratación puede realizarse bajo cualquier modalidad y puede ser a tiempo completo o parcial, pero no menos de 20 horas semanales.
La contratación también deberá incluir un aumento de la plantilla contratada por tiempo indefinido respecto al mes natural anterior. En el caso de contratos a tiempo parcial, la cuantía del subsidio se ajusta proporcionalmente a la jornada laboral.
Los 6.000 euros se pueden incrementar a 7.200 euros si el desempleado contratado es mujer, hombre menor de 30 años, persona con discapacidad superior al 33% o víctima de violencia de género o terrorismo.
sustitución
La línea 5 tiene por objeto facilitar a las mujeres autónomas su sustitución en la empresa en situaciones de peligro durante el embarazo y en los períodos de descanso por nacimiento de hijo o hija, adopción, tutela de adopción o guarda.
La cuantía subvencionable es de 3.200 euros por el contrato transitorio (denominado así por la reforma laboral del Real Decreto Legislativo 32/2021, de 28 de diciembre, Contrato de Representación), en caso de riesgo durante el embarazo, a jornada completa, con una duración máxima de ocho meses.
Y en los periodos de descanso por nacimiento de hijo o hija, adopción, tutela adoptiva o acogimiento familiar, se concede un subsidio en jornada completa de 1.700 euros por un periodo de 16 semanas y de 1.900 euros por un periodo de 1.900 euros durante 18 semanas para los casos a que se refiere el Código General del Seguro Social previstos en el Estatuto de los Trabajadores.
Estas cantidades podrán incrementarse en un 50% en los mismos casos que la línea 4 (si la persona contratada es mujer, hombre menor de 30 años, persona con una discapacidad de al menos el 33% o víctima de violencia de género). violencia o terrorismo). Asimismo, en el caso de un contrato a tiempo parcial con una duración mínima de 20 horas semanales, las cuantías se ajustan proporcionalmente a la jornada laboral resultante.
Este llamamiento se une a los diversos incentivos que ofrece el Ministerio de Empleo, Formación y Autoempleo, dirigidos al colectivo de autónomos, como son su actividad o las ayudas para fomentar el autoempleo, dirigidas a instituciones.
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