Andalucia

Toda Andalucía cae en nivel 0 de alerta por el coronavirus, a excepción de Córdoba, que se mantiene en 1

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Isabel Méndez

La situación mejora. Los Comités territoriales de Salud Pública de Alto Impacto de las ocho provincias andaluzas se han reunido este miércoles para analizar los datos epidemiológicos y han acordado rebajar el nivel 0 de alerta por coronavirus para Málaga, Sevilla, Granada y Jaén. De esta forma, sólo Córdoba permanece en el Nivel 1 -junto al municipio sevillano de Peñaflor, perteneciente a la comarca cordobesa del Guadalquivir-.

Los nuevos niveles de alerta Covid tienen una vigencia de 15 días y permanecen vigentes desde el jueves 17 de marzo a las 00:00 hasta el 31 de marzo a las 00:00 y no conllevan ninguna medida restrictiva, habiéndose acordado las restricciones horarias y la Capacidad de cambio en los niveles 1 y 1 a 2, dijo la junta en un comunicado.

Desde el 2 de marzo, las provincias de Almería, Cádiz y Huelva se encuentran en nivel de alerta 0, a excepción de los municipios de Cala, Santa Olalla del Cala, Zufre y Arroyomolinos de León, que forman parte de los distritos sanitarios de Sevilla. una provincia que se encontraba en alerta nivel 1 junto con Córdoba, Granada, Jaén y Málaga.

En las provincias en nivel 0, el decreto que establece que para los cines, teatros y establecimientos destinados al público, “la circulación de personas por los locales deberá organizarse de forma que se respete la distancia de seguridad interpersonal, la apertura de puertas Se realizará con la antelación suficiente para permitir el acceso escalonado y la salida del público deberá asegurarse de que sea también escalonada por zonas, respetando la distancia de seguridad entre personas e indicada mediante la señalización adecuada.

Además, el nivel 1 de la alerta Covid, al igual que el nivel 2, desde su modificación por la ordenanza del 17 de diciembre, cuya vigencia se ha ido prorrogando sucesivamente, supone la ausencia de restricciones de aforo y horario en comercios, hoteles, ocio nocturno y otras actividades a partir de entonces. y actualmente hasta el 20 de mayo a las 00:00 horas de diciembre, según lo acordado por el Comité Regional de Salud Pública de Alto Impacto a fines de febrero.

Niveles de alerta en la provincia de Almería

– Distrito Sanitario Oeste: Alerta Nivel 0

– Distrito de Salud de Almería: Alerta Nivel 0

– Área sanitaria norte: nivel de alerta 0

Niveles de alerta en la provincia de Almería

– Distrito Sanitario Bahía de Cádiz-La Janda: Nivel de Alerta 0

– Distrito Sanitario Campo de Gibraltar Oeste: Alerta Nivel 0

– Distrito Sanitario Jerez Costa Noroeste: Alerta Nivel 0

– Distrito Sanitario Sierra de Cádiz: Alerta Nivel 0

– Distrito Sanitario Campo de Gibraltar Este: Alerta Nivel 0

Niveles de alerta en la provincia de Córdoba

– Distrito Sanitario Guadalquivir: Nivel de Alerta 1

– Área sanitaria al norte de Córdoba. Nivel de alerta 1

– Distrito Sanitario de Córdoba. Nivel de alerta 1

– Zona sanitaria sur. Nivel de alerta 1

Niveles de alerta en la provincia de Granada

– Área de Salud Sur de Granada: Alerta Nivel 0

– Distrito de Salud de Granada: Nivel de alerta 0

– Distrito Metropolitano de Salud de Granada: Alerta Nivel 0

– Zona de Salud Nordeste de Granada: Nivel de Alerta 0

Niveles de alerta en la provincia de Huelva

– Zona sanitaria norte: cota 0.

– Área sanitaria Huelva Costa: nivel 0

– Distrito de Salud del Condado: Nivel 0

Niveles de alerta en la provincia de Jaén

– Distrito Sanitario Jaén Norte: nivel de alerta 0

– Distrito Sanitario Jaén Noreste: nivel de alerta 0

– Distrito Sanitario de Jaén: nivel de alerta 0

– Distrito Sanitario de Jaén Sur: nivel de alerta 0

Niveles de alerta en la provincia de Málaga

– Área sanitaria Serranía: nivel 0

– Distrito Sanitario Costa del Sol: Nivel 0

– Área sanitaria de Málaga: nivel 0

– Distrito Sanitario Guadalhorce: Nivel 0

– Distrito Sanitario La Vega: Nivel 0

– Distrito Sanitario Axarquía: Nivel 0

Niveles de alerta en la provincia de Sevilla

– Distrito Sanitario Aljarafe: Alerta Nivel 0

– Distrito Sanitario Sevilla: Nivel de alerta 0

– Distrito Sanitario Sur de Sevilla: Nivel de alerta 0

– Distrito Sanitario Sevilla Este: Nivel de alerta 0

– Distrito Sanitario Sevilla Norte: Nivel de alerta 0 (excepto el municipio de Peñaflor, en nivel 1 por pertenecer a la comarca del Guadalquivir de Córdoba)

Así lo decidieron los comités territoriales de Salud Pública de Alto Impacto de las ocho provincias, que se reúnen este miércoles para analizar los datos epidemiológicos en sus respectivas áreas de acción, con base en los indicadores epidemiológicos establecidos: incidencia acumulada a los 14 días y a los 7 días, a los 14 días en mayores de 65 años, pruebas diagnósticas de infecciones activas (PDIA), tasa de camas en unidad de cuidados intensivos, tasa de hospitalización y cobertura de vacunación.

El reglamento de la Etapa 1 y 2, aprobado por Sanidad el 17 de diciembre, elimina las limitaciones de horario y aforo establecidas en el reglamento anterior y establece únicamente para los cines, teatros y establecimientos destinados a proyecciones públicas, que «la circulación de personas por el recinto debe organizarse para que se mantenga la distancia de seguridad interpersonal, la apertura de puertas sea oportuna para permitir el acceso escalonado, y se debe asegurar la salida del público que también sea escalonada zona por zona, lo que se garantiza es la distancia de seguridad entre personas y deberá indicarse mediante la señalización adecuada».

USO DE MASCARILLAS ADAPTADAS A LA NORMATIVA ESTATAL

A finales de febrero, el “Comité de Expertos” acordó también adaptar la citada ordenanza a la obligación de mascarilla actualmente aplicable de acuerdo con la normativa estatal. El Consejo de Ministros acordó el 8 de febrero suprimir el uso de mascarillas al aire libre a partir del jueves 10 y poner fin a su uso en los recreo y patios escolares, siempre que se puedan mantener las distancias de seguridad y no haya aglomeraciones.

Con carácter general, la norma establece que en los niveles de alerta 1 y 2, la actividad de los establecimientos comerciales, de hostelería y ocio nocturno “podrá desarrollarse en establecimientos públicos o privados debidamente autorizados, sin que en ningún caso se sobrepase el aforo permitido por su normativa aplicable, siempre con la mayor distancia interpersonal posible que permita el mantenimiento de medidas preventivas e higiénicas adecuadas para evitar riesgos de contagio, especialmente los relacionados con la evitación de aglomeraciones y la adecuada ventilación en espacios cerrados».

La Junta establece que “el horario máximo de apertura de estos establecimientos será el que determine su normativa sectorial o municipal vigente”, mientras que “en relación con la obligatoriedad del uso de mascarillas, se estará a lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 2/2021, de 29 de agosto , de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria provocada por el Covid-19”.

Como «medidas concretas», la normativa sanitaria señala que en los niveles de alerta 1 y 2 «el uso de aseos, vestuarios, vestuarios, salas de lactancia o similares para clientes, visitantes o usuarios será conforme al aforo permitido en los mismos». , manteniendo la obligatoriedad del uso de mascarilla, ventilación adecuada y establecimiento de medidas organizativas adecuadas para evitar aglomeraciones que impidan el mantenimiento de las medidas preventivas y de higiene adecuadas para evitar riesgos de contagio.

Asimismo, se estipula que “en el caso de actividades, pruebas y eventos deportivos recreativos, competencias o exhibiciones que concentren más de 2.000 personas entre participantes y público al aire libre o en instalaciones deportivas al aire libre, la evaluación de riesgo por parte del departamento de salud pública no será requeridas al aire libre, y en el caso de que se concentren más de 1.000 personas en instalaciones deportivas cubiertas.

Las medidas preventivas para la práctica de la náutica de recreo se mantienen idénticas a la orden del Ministerio de Sanidad de 7 de mayo, mientras que «en los ensayos y conciertos de bandas de música, los instrumentos de viento, incluidas sus partes como lengüetas o boquillas, no deben ser compartidos entre los diferentes miembros, ya que son de uso exclusivo» y «en ferias, congresos, congresos y otros eventos especializados, no se requiere una evaluación de riesgos por parte del departamento de salud».

asignaturas

Junta de Andalucía, Andalucía, Córdoba (provincia), Granada (provincia), Málaga (provincia), Sevilla (provincia), Jaén (provincia), Cádiz (provincia), Almería (provincia), COVID-19, Coronavirus, PCR, Nuevo Normalidad (Coronavirus Covid-19)


Felipe Tordero

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