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Alcobendas promoverá viviendas en alquiler en suelos destinados a oficinas

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El pleno de la ciudad de este viernes en Alcobendas autorizará la aplicación en el municipio de la nueva ley de la Comunidad de Madrid, que permitirá el fomento de Alquiler de apartamentos en terreno destinado a oficinas en la ciudad.

La Ley 3/2024, de 28 de junio, de la Comunidad de Madrid permite el cambio de uso de suelo clasificado como terciario, destinado a oficinas, a zona residencial para la construcción de viviendas sujetas a cierta protección pública Régimen de alquiler.

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Se aprueba la aplicación de esta ley autonómica en Alcobendas en pleno comunitario, Esto sigue a un estudio de viabilidad que destaca cinco áreas potenciales para apoyar la construcción de viviendas según este reglamento.

El cambio de uso podrá realizarse mediante licencia sin que sea necesaria ninguna modificación. Planificación, en terrenos baldíos o en edificaciones existentes, siempre que afecte a toda la infraestructura. Además, se fija un plazo de dos años para solicitar esta licencia y de tres años para la ejecución del proyecto.

El estudio de viabilidad del Ayuntamiento de Alcobendas ha tenido en cuenta criterios que aseguren que se preserve el modelo urbano y que se ofrezca a los nuevos residentes de estas localidades una calidad de vida adecuada. De esta manera, se identificaron cinco posibles áreas de aplicación de la ley.

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Estas son diez propiedades Parque empresarial Arroyo de la Vegatres de la zona de Casablanca, dos de Pintores en el Distrito Centro, uno en la calle Cantabria y uno en la zona de Los Peñotes. En este último caso, la nueva normativa admitirá hasta 40 apartamentos de alquiler protegido.

Él Ayuntamiento de Alcobendas ha anunciado que cederá a la Asociación Municipal de Vivienda (EMVIALSA) un terreno situado en la calle Diego Salmerón, 4, de 3.999 metros cuadrados, de los cuales 3.302 son edificables, para esta nueva promoción de vivienda pública en el municipio.

Él Ayuntamiento de Alcobendas ha decidido que para este cambio de uso de inmuebles terciarios a espacios habitables protegidos, no se admitirán inmuebles urbanizados en los que se realicen usos comerciales, residenciales u hoteleros, que den servicio al entorno inmediato y representen usos esenciales para el equilibrio funcional de la estructura del edificio. ser tenido en cuenta.

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También se rechazan los suelos que estén urbanizados con usos industriales y residenciales además de los de servicios (oficinas), así como los suelos urbanizados o no urbanizables en la zona industrial y en el Parque Empresarial de Valdelacasa con usos industriales característicos, donde no se permita el uso residencial para a él PGOU de 2009.

El ayuntamiento también rechaza propiedades urbanizadas o no urbanizadas en las inmediaciones donde no haya uso residencial. Déficit de equipamientoZonas verdes y de césped, así como terrenos urbanizados o no urbanizables frente a la autovía A-1 que se vean afectados por el ruido de la carretera.

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