Cataluña

Absueltos todos los acusados ​​en el «caso Neymar 2»

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La Audiencia del Barcelona no ve delito en su compromiso con el Barça y ve ‘incoherencia’ en la acusación

BARCELONA, 13 (PRENSA EUROPA)

La sentencia de la justicia barcelonesa en el “caso Neymar 2” ha absuelto a todos los imputados por presunto fraude y corrupción entre particulares en el fichaje del jugador por el FC Barcelona procedente del Santos FC en 2013, según el veredicto publicado este martes y consultado desde Prensa Europa.

Además de Neymar, esta sentencia afecta a sus padres, los expresidentes blaugrana Sandro Rosell y Josep Maria Bartomeu, el exvicepresidente del Santos Odilio Rodrigues, así como, como personas jurídicas, los dos clubes y la empresa N&N, con la que representa el padre de Neymar. el jugador.

El juicio de la Sección 6 de la Audiencia de Barcelona se inició el 17 de octubre y finalizó el 31 del mismo mes y estuvo marcado por el desistimiento de todas las alegaciones por parte del fiscal, que pidió la absolución de los nueve acusados, dejando la causa apoyada únicamente por la denuncias privadas del Fondo Dis -propietario del 40% de los derechos federativos de Neymar- y de la Federación de Asociaciones de Atletas Profesionales de Brasil (Faap), propietaria del 0,8%.

En base a las pruebas presentadas en el juicio, el juzgado descartó que a Neymar se le ofrecieran sobornos o que los pidiera a cambio de fichar por el Barça, argumentando: «La fiscalía saca conclusiones que no van más allá de la mera sospecha. No son prueba de delito.

Barça y Santos acordaron traspasar a Neymar por 17 millones de euros y tras el fichaje, ambos clubes firmaron varios contratos y acuerdos: uno por 7,9 millones de derechos preferentes sobre tres canteranos; otros 4,5 millones por dos amistosos y otros 40 millones firmados por Neymar y el Barça en 2011 como prima de traspaso.

Las denuncias particulares aseguraban que estos contratos enmascaraban parte del pago por el fichaje del delantero y ahora el juzgado confirma que existieron los contratos pero rechaza la tesis de Dis y la declara no delictiva, señalando que la Caja pedía 6,84 millones por el traspaso, lo que supone 40 % de los 17 millones del acuerdo de traspaso entre ambos clubes.

Por su parte, el Barça firmó hasta siete acuerdos con Neymar, su padre y empresas de agencia para el traspaso: le pagaron una prima de cesión de 8,5 millones y se comprometieron a pagarle 45,9 millones en los primeros cinco años de contrato.

«No podemos explicar por qué Dis elige seguir un caso penal en lugar de iniciar una acción ante los tribunales civiles de Brasil», acusan los jueces al fiscal, y agregan que si Neymar incumplió su acuerdo con el fondo, no ha sido así. delincuente

SALIR NO ERA UN “PRIVILEGIO”

Durante el juicio, tanto Neymar como el resto de imputados quedaron exentos de sentarse en el banquillo de acusados ​​salvo para sus interrogatorios y ejercer su derecho al último turno de palabra, en el que compareció el jugador por videoconferencia.

Los jueces dedican parte del fallo a razonar que esto es «un privilegio» para los acusados, señalando que esta es una práctica habitual en su sala de audiencias.

Señalan que los imputados han sido puestos en libertad provisional y “han dejado claro con su presencia al inicio del juicio que están a disposición del tribunal”, añadiendo que la participación en el juicio es un derecho del imputado.

“Por tanto, la conducción del juicio en estas condiciones no constituye un privilegio procesal basado en la calidad o condición del imputado. Constituye, al menos en este tribunal, una práctica común en juicios complejos celebrados en múltiples sesiones”, y excluyen también que permitir que los acusados ​​que no residen en España hablen por videoconferencia en la ronda final fue un trato preferencial.

EL MINISTERIO PÚBLICO ASUME PARTE DE LOS COSTOS

Los jueces descartaron los argumentos de la defensa, que argumentaba que los tribunales españoles no tenían competencia para conocer del caso sino que correspondía a los tribunales brasileños, y también descartaron que los mismos hechos ya existieran en el primer ‘Neymar’. lo que dio lugar a un acuerdo por el que el FC Barcelona aceptó una multa de 5,5 millones de euros por fraude en la contratación del jugador.

El fallo determina que, contrariamente a lo que afirma la defensa, el grupo Dis tenía derecho a ejercer una acusación particular en el caso, pero el tribunal les ordena pagar parte de las costas del juicio, decisión que impugnaron. apelación – ante la “incompatibilidad al menos parcial de los fundamentos de la acusación de Dis y Faap”.


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