Extremadura

Un joven fue interceptado mientras conducía una scooter en una carretera riojana bajo los efectos de las drogas

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LOGROÑO, 22 de junio (EUROPA PRESS) –

Agentes del sector del transporte de la Guardia Civil en La Rioja informaron este martes de la denuncia realizada al conductor de un vehículo de movilidad personal, en concreto una scooter, ¿Qué? circulaba bajo los efectos de las drogas por una carretera de la comunidad.

La imputado por estos hechos contra un español de 24 años residente en La Rioja. Esta persona se enfrenta a una multa de 1.200-1.000 € por conducir bajo los efectos de las drogas y de 200 € por conducir con auriculares.

El desarrollo del sector del transporte se inició durante una Servicio Preventivo del «Control de Alcohol y Drogas», instalado en el km. 8.500 de la LR-255, carretera en la que agentes intentaron interceptar al joven que viajaba en un vehículo de movilidad personal (VMP) con auriculares conectados a un sistema reproductivo.

Después de este Su identificación fue sometida a una prueba de alcohol y drogas, esta última con resultado positivo para tetrahidrocannabinol-THC-marihuana. Posteriormente, los agentes elaboraron los correspondientes boletines de denuncia, que se pusieron a disposición del centro provincial de control de tráfico de La Rioja.

COMPORTAMIENTO OFENSIVO.

La Guardia Civil recuerda que existen conductas delictivas para turismos. Con respecto al alcohol y las drogas, los usuarios de vehículos de movilidad personal deben someterse a pruebas de alcohol y drogas.

En este caso, pueden ser sancionados con la misma cantidad económica que si condujeran otro vehículo, si se supera el impuesto al alcohol (500 o 1.000 euros según tarifa) o si hay drogas en el cuerpo del conductor (1.000 euros). . Al igual que con otros vehículos, si el conductor da positivo en la prueba de alcohol o drogas, el VMP quedará inmovilizado.

Con respecto al uso de teléfonos celulares, a los conductores de vehículos se les prohíbe conducir mediante el uso manual del teléfono celular o cualquier otro sistema de comunicación. La multa sería de 200 euros (artículo 18.2 del RGC).

También se les prohíbe conducir con cascos o auriculares conectados a receptores de sonido o dispositivos de reproducción. Si son descubiertos, serán denunciados por 200 euros por esta normativa (artículo 18.2 del RGC).

También se les prohíbe circular por aceras y zonas peatonales, ya que el artículo 121 de la RGC prohíbe el movimiento de cualquier vehículo en las aceras (excepto patinetas, patines de hielo o dispositivos similares que hacen esto solo al paso de una persona).

Este comportamiento se puede sancionar con 200 euros, con las restricciones que pueden imponer las ordenanzas municipales. Tampoco podrá pasar por túneles urbanos, intersecciones, carreteras y autopistas y carreteras que corren dentro de la ciudad.

Los VMP y otros vehículos ligeros de propulsión eléctrica solo pueden llevar una persona, por lo que la circulación de dos personas en VMP está sancionada con una multa de 100 euros (artículo 9.1.5.E del RGC).

Se considera conducción negligente y por tanto constituye infracción penal cuando se conduce de noche sin luces o indumentaria o elementos reflectantes, ya que en estos casos el conductor no toma las precauciones necesarias para ser visto por otros conductores ni para tomar las medidas cautelares necesarias para provocar evitar un peligro. La multa correspondiente es de 200 euros (artículo 3.1 del RGC).

En el caso de delitos cometidos por menores de 18 años, los padres, tutores, padres adoptivos y tutores legales o fácticos son solidariamente responsables del delito cometido por el menor.


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