Extremadura

TSJ admite recurso de Adenex contra modificación para permitir sistemas fotovoltaicos en suelo protegido de Cáceres

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Cerrar una docena de proyectos fotovoltaicos se recogen en el término municipal de Cáceres. Solo Iberdrola tiene en marcha una inversión cercana a los 100 millones en Los Arenales, la de Alter Enersun ha llegado a unos 60. La doble planta de Acciona entre Cáceres y Casas de Don Antonio suma unos 500 megavatios de potencia pico. La fiebre de los paneles solares está de vuelta y lo hace, además, con el atractivo de la mayor facilidad que permite la regulación urbanística. En junio, el Ayuntamiento dio vía libre a la modificación del Plan General Municipal (PGM) sobre la regulación de este tipo de plantas que se ubican en un suelo sin urbanizar denominado protección de Llanos. Este cambio elimina las limitaciones de extensión y energía. Antes, de hecho, esta actividad estaba permitida pero a pequeña escala: 5 megavatios o 10 hectáreas. La modificación excluye el alcance de las zonas ZEPA y ZIR de Llanos de Cáceres y Sierra de Fuentes, así como la Sierra de San Pedro. Adenex ha interpuesto recurso de apelación contra la modificación legal y el Tribunal Supremo de Justicia de Extremadura lo admite a trámite.

Por lo tanto, las perspectivas no están claras a pesar de las aprobaciones administrativas y el amplio apoyo recibido, en muchos casos por unanimidad. Sin embargo, la asociación conservacionista ha decidido abrir el proceso judicial después de que sus postulados fueran rechazados en forma de denuncias por el pleno del Ayuntamiento de Cáceres.

Por el momento, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha considerado válido el recurso de Adenex en oficio comunicado por la Junta de Extremadura al Consistorio. Lo hizo en una carta de fecha 10 en la que se convoca al gobierno local para que comparezca como imputado. Se interpone recurso contra la resolución del Ministerio de Agricultura que aprueba definitivamente la modificación específica del PGM. El Consistorio decidió en la Junta Directiva del día 12 encomendar su defensa al gabinete judicial municipal. Se repiten los argumentos de Adenex. El cambio «es incompatible con los criterios de clasificación de suelo no urbanizado» que figura en el PGM, «carece de justificación de interés general», carece de argumentos adecuados y «afecta el hábitat de especies protegidas». También tendría un impacto en la red Natura 2000, como señaló en sus alegaciones.

Los informes técnicos habían rechazado estos argumentos. El uso de este suelo protegido como zona de planta fotovoltaica ya estaba previsto en el PGM con ampliación y limitaciones de potencia.. Por ejemplo, los 5 megavatios o 10 hectáreas podrían facilitar 10 proyectos diferentes con la misma limitación. También se excluyen las zonas ZEPA y ZIR. De hecho, aluden a que la existencia de hábitats «no implica en absoluto la imposibilidad de desarrollar cierto tipo de proyectos y no parece oportuno que un Plan General limite parcelas en función de hábitats de especies protegidas». La Dirección General de Sostenibilidad reconoce que existen «especies protegidas» pero los proyectos están sujetos a procedimientos de evaluación ambiental.

Sin regresión

Para Adenex existe un caso de incumplimiento de la principio de «no regresión» por eso «cuando se han reconocido y protegido determinados valores ambientales» en cualquier ordenamiento urbanístico «esta protección no puede ser revocada si no se demuestra que tales valores han dejado de existir», algo que él entiende no se da. También defiende que en Cáceres ya hay suelo desprotegido para estos sistemas fotovoltaicos, en terrenos comunales sin urbanizar de miles de hectáreas: “Había abundancia de suelo para sistemas fotovoltaicos y para usos industriales”, concluye.


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