Extremadura

Una sentencia resuelve que APA debe entregar a Rioja Max a quien lo demandó, pero reconoce la imposibilidad de hacerlo

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LOGROÑO, 23 Sep (EUROPA PRESS) –

Que Juzgado de Primera Instancia número dos de Logroño ha resuelto parcialmente la disputa judicial de una mujer con la Asociación de Bienestar Animal (APA) y la condena a entregar a su perro Max, pero también reconoce la imposibilidad, ya que ha vuelto a ser dado en adopción.

El fallo, luego de que se ordenara a la protectora suministrar a la demandante lo que ella asegura es el perro Max desde 2020 cuando se perdió mientras paseaba, explica que se evidencia «la imposibilidad de cumplimiento» porque en el proceso se firmó un contrato de adopción con un tercero

Así se establece que «si el imputado no puede cumplir, y si persiste esta imposibilidad, se continuará la ejecución de la sentencia para determinar al mismo tiempo la sustitución de la sentencia por la indemnización correspondiente».

El veredicto es el resultado de una batalla judicial en la que un vecino de La Rioja intenta explicar la Efectividad del contrato de adopción adaptado al perro Max; un perro al que ha cuidado desde que nació en 2018, primero en acogida y luego como hijo adoptivo.

Según relata la demandante, el 16 de octubre de 2020, mientras paseaba por su urbanización con sus dos perros, Max y otra perra de nombre Tula, unos cazadores hicieron disparos y los perros se asustaron y huyeron asustados.

A la mañana siguiente le llamaron desde el centro de acogida municipal de Logroño y le dijeron que les había encontrado un vecino de la urbanización. Sin embargo, cuando fue a recogerlos, se encontró con que Max aún tenía el chip a nombre de APA Rioja y por lo tanto solo podía ser recogido por esa entidad.

Aunque inicialmente accedieron a corregir los datos, la protectora no entregó el animal, lo que motivó una denuncia ante la Guardia Civil.

La sentencia indica que APA Rioja afirma que fue otro par el que recogió Max junto con su camada hasta que el ahora demandante se quedó «enloquecido» con él.

Dice que se hicieron «contratos de cuidado» que «no transfieren la propiedad del animal». «No es cierto que se firmara un nuevo contrato», añade, ya que la demandante pagó «135 euros por gastos veterinarios».

Asegura que se trata de “gastos que paga cada empleado como donación a una de las organizaciones de bienestar animal del país”.

Señala que «se comprobó en la perrera de la ciudad que el perro carecía de las vacunas requeridas» y «no es cierto que la demandante no haya podido cambiar la titularidad del microchip».

Afirma que se acordó «su posible adopción», pero «tan pronto como se cumplan las condiciones establecidas en el contrato», y eso nunca sucedió.

En su sentencia, la jueza supone que los documentos elaborados por la protectora contienen «datos confusos» porque «por un lado se habla de adoptante, por otro de familia de acogida» y también de «nuevos propietarios».

Señala que el segundo de ellos, tras señalar que la demandante “adoptó hoy al animal en su casa”, añade: “Por ello pagó la cantidad de 135 euros que permitiría la adopción del animal de compañía incluida. ”

Tras confirmar que «los animales pueden ser objeto de apropiación y por tanto de justificación», el juez considera que la entrega de Max a la demandante «no fue en modo alguno temporal».

Así, “la lata fue entregada al nuevo propietario, a pesar de que se le imponían una serie de obligaciones cuyo incumplimiento podía dar lugar a la cancelación de la entrega definitiva”.

De esta forma, Max fue entregado «con una serie de cargos, entre ellos cambio de chip y vacunación en el plazo de un mes».

Las pruebas realizadas «confirmaron» que, aunque lo tenía en su poder desde hacía al menos un año y medio, no había cambiado el microchip ni vacunado al perro, «es decir, esto último es especialmente relevante que no vacunar al animal».

“Ahora”, añade, “en esta situación” El protector debería haber ido a juicio para revocar la entrega; pero no lo hizo.

El juez, que define el contrato de adopción de perros como una donación modal «no revocable» en juicio, entiende que APA Rioja debe por tanto entregar el perro al que dice ser su dueño.

Sin embargo, relata cómo quedó probado en el transcurso del proceso que antes de que la protectora interpusiera la demanda, el perro fue entregado a una tercera persona mediante el correspondiente contrato de adopción y esta persona ya había cambiado el chip del animal y registrado. En tu nombre.

Por lo tanto, “es evidente la imposibilidad de cumplir la sentencia en cuanto a la obligación de restituir al perro Max, por lo que de mantenerse dicha imposibilidad, se continuará con la ejecución de la sentencia a fin de determinar la sustitución de esta pena por la compensación correspondiente.

ENCRUCIJADA DE ESCUELAS

una treintena de personas centrado en el domingo 12 de septiembre de 2021 en la sede de la Asociación de Bienestar Animal de La Rioja (ApaRioja), en Logroño, para solicitar la devolución del perro Max a su familia adoptiva.

El foco se produjo después de que se cruzaran las denuncias entre el protector y el ahora demandante, quien inició una campaña de firmas (llegando a 5.883 firmas) en change.org para exigir el regreso de Max, y también publicó en Twitter @devolvedamax y en el perfil de Facebook “Rezamos para que APARIOJA llevar a Max de vuelta a su casa”.

El 30 de octubre de 2020, la APA Rioja emitió un comunicado asegurando que “se han incumplido todas las obligaciones hacia el animal recogidas como obligaciones en la Ley de Bienestar Animal de La Rioja”.

“Es incomprensible e irresponsable que personas sin información puedan comentar algo”, dijo, y señaló que los comentarios realizados fueron remitidos a su servicio legal en caso de posibles injurias y delitos de difamación.


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