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El Tribunal Supremo no admite los recursos al confirmar que el Ayuntamiento de Vigo ha incumplido el mantenimiento de la zona hundida de O Marisquio

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La zona de O Marisquio, cubierta de lonas tras el accidente Óscar Vázquez

El TSXG creía que el Ayuntamiento había incumplido el acuerdo con el puerto para el mantenimiento de los muelles

04 de enero de 2023 . Actualizado a las 11:58 am

Ese Corte Suprema no ha admitido a trámite los dos recursos interpuestos por el Ayuntamiento de Vigo contra las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Xustiza de Galicia (TSXG), que señalaban que corresponde al Ayuntamiento el mantenimiento del decaído paseo de As Avenidas, durante las fiestas o mariscos en 2018, en el que más de 450 personas resultaron heridas.

El TSXG defendió en dos resoluciones separadas que el Ayuntamiento violó el acuerdo Abre Vigo al mar Fichado al puerto en 1992 por no mantener en buen estado el muelle. El Tribunal Supremo también condenó al Ayuntamiento al pago de las costas procesales hasta un máximo de 2.000 euros, con 4.000 euros adicionales dado que se trata de dos recursos separados. La autoridad portuaria queda así liberada.

Estas dos sentencias, dictadas por el Tribunal Supremo de Galicia en febrero de 2022, estiman que existen motivos para dejar sin efecto el convenio “Vigo Abierto al Mar” firmado en 1992 entre el Ayuntamiento, el Consorcio de la Zona Franca y la Autoridad Portuaria, porque entiende qué El Ayuntamiento de Abel Caballero ha incumplido su obligación de conservar y conservar parte de la zona afectada a través de ese documento del que forma parte el paseo de madera y hormigón que cedió durante el concierto.


En el escrito, la cámara indicó que se debe rescindir el contrato porque el mantenimiento necesariamente debe estar ligado a la seguridad y el uso, y el ayuntamiento, ante los documentos presentados, no cumplió.

Según TSXG, el Ayuntamiento debería haber evaluado la seguridad de la instalación antes de aprobar cualquier uso distinto al de simple paseo que estaba incluido en la concesión. Según el Tribunal Supremo, el acuerdo no deja lugar a dudas sobre la interpretación de la obligación de mantenimiento y el buen estado de conservación de los espacios de uso público por parte del Ayuntamiento, salvo las que puedan estar reservadas en exclusiva a la Autoridad Portuaria de Vigo.


En la sentencia, confirmada tras la inadmisibilidad del recurso, los jueces señalan que esta obligación del ayuntamiento sigue siendo compatible con el convenio, ya que el ente local recibió un beneficio que antes no tenía, beneficio que interesa al ciudadano de Vigo, por lo que es el Ayuntamiento el que debe mantener la cesión en buen estado de conservación.

De lo contrario, según la decisión, la autoridad portuaria tendría que hacer un seguimiento de los usos programados por la administración de la ciudad, es decir, asumir funciones de control de uso, lo que no ha hecho desde que se llevó a cabo la asignación.


Los usos eran gestionados por el Municipio desde una posición de control de las instalaciones cedidas, por lo que necesariamente debe controlar todas las actuaciones que afecten a estas instalaciones, sin poder invocar una libertad de uso, pero sin ser responsable de la misma. , subrayó el Tribunal Supremo de Galicia.

Tras revisar los reportajes fotográficos, los jueces indicaron que así fue Constancia del mal estado en que se encontraron los elementos superficiales del paseo y que han sido advertidos reiteradamente por la Autoridad Portuaria del peligro existente para las personas.


El TSXG manifiesta que si bien está de acuerdo en que las labores de mantenimiento y conservación no llegarían al banco de cimentación de los muelles ni a los rellenos portuarios, la situación que se presenta con una plataforma de hormigón construida por una entidad privada (Real Club Náutico) es diferente. ), de uso privado y que ha sido liberado por acuerdo entre la entidad privada y la Zona Franca para ser incluido como parte de dicho proyecto y acción.

Estos elementos no eran infraestructura portuaria, sino obras realizadas por una entidad privada y entregadas con posterioridad a la liberación de parte de la concesión para establecer el contrato y activar la apertura de Vigo al mar. Esta plataforma sería apta para el uso previsto, pero no para un uso más intensivo, como se pudo comprobar posteriormente en el accidente Mariscos.


El TSXG influye en sus juicios de acuerdo con el Acuerdo Vigo Abierto al Mar El Ayuntamiento se comprometió a mantener el perfecto estado de conservación durante un plazo de 50 años todas las actuaciones previstas en el convenio, en el que se acordó la realización, entre otras, de medidas de reordenación viaria, ampliación de zonas paisajísticas y de ocio y zonas peatonales, con el fin de mejorar el borde marítimo de la zona centro de Vigo.

Abel Caballero aseguró ayer, tras conocer la decisión del Tribunal Supremo, que el Ayuntamiento siempre cumplirá las sentencias, por lo que también apoyará esta destitución.




Oposición de accidentado de O Marisquio al archivo de la causa

C. derrotar

Las víctimas del accidente registrado durante la clausura del Festival de O Marisquio en 2018 no quieren ni oír hablar de la posibilidad de que la causa, que lleva 28 meses pendiente, siga archivada. El pedido del juez de instrucción al Ministerio Público para que se pronuncie sobre una posible terminación del proceso fue recibido por la plataforma de afectados por el hecho como un indicio de que el proceso penal se dará por terminado en breve y que no se determinará qué instituciones y los individuos serán responsables de la emisión de permisos para el concierto en el muelle, que se derrumbó a mitad de la función.



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