El Tribunal Supremo confirmó el pasado mes de julio la condena a 6 años de prisión por subterfugio y malversación
La Fiscalía Anticorrupción ha respondido a la Audiencia Provincial de Sevilla que se opone a la suspensión de la pena de 6 años de prisión impuesta al expresidente andaluz José Antonio Griñán por los delitos de subterfugio y malversación en el «caso ERE». al hacerlo, respalda su encarcelamiento.
Fuentes financieras han indicado a Europa Press que la Fiscalía ya ha enviado el informe a la Audiencia de Sevilla pidiéndole que comente, junto con el resto de denuncias, si se deben suspender o no las penas de prisión de Griñán y de los otros ocho ex-individuos. altos cargos de la Junta de Andalucía condenados a prisión mientras se tramitan los indultos solicitados a su favor.
Las citadas fuentes explican que el organismo anticorrupción se opuso al cese de las penas de prisión, posicionándose para ejecutar las sentencias contra Griñán y los otros ocho exasesores Carmen Martínez Aguayo, Francisco Vallejo, José Antonio Viera y Antonio Fernández; los exviceconsejeros Jesús María Rodríguez y Agustín Barberá; y Miguel Ángel Serrano, director de la agencia IDEA, y Juan Márquez, director laboral.
Tras oír a las partes, el juzgado de Sevilla debe decidir si condena a Griñán y a los demás a una pena de prisión que, según las fuentes jurídicas consultadas, suele ser de 10 días.
Cabe recordar que, además de los recursos de indulto interpuestos el 1 de septiembre, la defensa de Griñán presentó una acción de nulidad ante el Tribunal Supremo (TS) poco después, el 27 de septiembre del mismo mes, a la espera de respuesta.
El pasado mes de julio, el Tribunal Supremo confirmó detalladamente la condena que el Tribunal de Justicia de Sevilla dictó el 19 de noviembre de 2019 a Griñán a 6 años y dos días de prisión y 15 años y dos días de inhabilitación por los delitos continuados de malversación y subterfugio Proceso por el que la Junta de Andalucía canalizó sus subvenciones a la jubilación anticipada en ERE fraudulentos y subvenciones arbitrarias a empresas.
El Tribunal Supremo también confirmó la suspensión de nueve años del expresidente andaluz Manuel Chaves por subterfugio, por lo que no hay pena de prisión en su caso.
Tenía «conocimiento de ilegalidad».
El TS dio por hecho que Griñán era «consciente de la ilegalidad» de los criterios perseguidos por los ERE, pero subrayó su «pasividad» ante el «despilfarro y arbitrariedad» con que se concedieron las ayudas.
Sin embargo, las magistradas Ana María Ferrer y Susana Polo emitieron un voto por separado para desviarse del criterio de los otros tres magistrados que firmaron la sentencia, ya que Griñán debería haber sido absuelto del delito de peculado por no estar al margen del Departamento de Trabajo involucrado. en la ejecución de las etapas finales de los presupuestos, por lo que lo ven como un «exceso de confianza» sobre sus colegas de gobierno.
Esta particular votación de 88 páginas obligaría a un futuro recurso ante el Tribunal Constitucional (TC), aunque la defensa de Griñán tendrá que esperar a que el Supremo responda a su incidente de nulidad para acudir al Tribunal de Garantías.
Este recurso potencial no significaría una moratoria automática en su sentencia. Para ello, tendría que solicitarlo expresamente como medida cautelar. Y las fuentes jurídicas señalan que el TC no suele parar el encarcelamiento cuando la pena supera los cinco años de prisión, como sí hace.
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